miércoles, 21 de diciembre de 2011

SOBRE MODELOS DEL DERECHO DEL TRABAJO Y LA CULTURA DE LOS JURISTAS



Los modelos de Derecho del Trabajo, objeto de un seminario en el Campus de Toledo



La Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de Toledo acogió ayer el seminario "Modelos de Derecho del Trabajo español. Democracia y fascismo en la regulación laboral (1930-1950)", promovido por el Area de Derecho del Trabajo dentro de un proyecto de investigación subvencionado por el Ministerio de Ciencia e Innovación.

El encuentro, en el que participa una veintena de especialistas de las universidades de Castilla-La Mancha, Cádiz, Autónoma de Madrid, Barcelona y Complutense de Madrid, tiene también un carácter formativo, además de avanzar en el proyecto de investigación DER2010-19398 / JURI, tal y como explicó el profesor Antonio Baylos durante la presentación.

Este trabajo, que obtuvo el aval del Ministerio en 2010, "nació con el objetivo de extraer los modelos de Derecho del Trabajo frente a la crisis y analizar si es posible establecer una relación clara entre la construcción teórico-práctica del Derecho del Trabajo con los modelos constitucionales y etapas históricas del Derecho Español", señaló el catedrático e investigador principal del proyecto.

La sesión de mañana se dedicó al análisis de la producción normativa en materia social y laboral de la II República, a través de una introducción sobre el tema de Joaquín Aparicio, que sintetizó las líneas generales de esta etapa de construcción y de fundación del derecho laboral en nuestro país, subrayando las implicaciones que sobre este sistema tuvo la presencia de la fuerte crisis económica europea subsiguiente al "crack" de 1929. En el desarrollo del debate posterior, se contó con las intervenciones de Clara Álvarez sobre el sentido y las diversos textos básicos de la constitución republicana, de Gerardo Pisarello relacionando el universo cultural de la II República con el horizonte teórico y doctrinario de Weimar, y de Antonio de Cabo sobre el sentido de la constitucionalización democrática y la dificultad de regular el proyecto político de la misma a la vez que se construía la base social en el que se basaba éste, lo que se pone de manifiesto trágicamente con la Constitución republicana española. Tras ellos ha habido algunas otras intervenciones del público asistente -todos ellos profesores del Área de DTSS de la UCLM - que han incidido en temas colaterales a los expuestos en materia de relaciones laborales.

La sesión de tarde por el contrario se ha dedicado a la etapa del terror y de la represión y a los años de plomo del franquismo tras su insurrección para destruir el régimen republicano, con una intervención general de Mirta Nuñez sobre las condiciones que explican una situación generalizada de hambre y miseria física y moral, y la importancia de las estrategias represivas no sólo respecto de la población reclusa sino muy especialmente respecto del resto de los trabajadores y ciudadanos españoles, resumidas en la puesta en práctica de la difamación y las insidias, el desaliento y la incertidumbre, la humillación, el empobrecimiento y, en fin, la estrategia del silencio. A continuación Juan Terradillos ha explicado la connivencia con el poder político más autoritario de los "supervivientes" de la Universidad que el franquismo no había exilado, depurado o eliminado físicamente ( lo que sucedió con el 60% de los profesores unviersitarios), señalando tanto el ideario racista, fascista y violento de algunos de sus exponentes más conocidos y la influencia en este proceso de la Iglesia Católica cuyo fanatismo agravó las consecuencias de la propia acción del régimen sobre quienes consideraba "enemigos", haciendo especial hincapié en las repercusiones sobre la construcción concreta del derecho penal en nuestro pais. Tras nuevas intervenciones de otros  tantos colegas, Antonio Baylos realizó una descripción de los fenómenos jurídicos que caracterizan la producción "en materia social" y sus determinaciones ideológicas en los "años de plomo" de la producción de normas sobre el  trabajo, centrándose en el concepto de empresa como "comunidad de trabajo" y su inserción en un corporativismo que se quiere deslindar del corporativismo estatal como forma de explicación predominante de  los aspectos económicos y sociales .de las relaciones laborales. Enrique Olivas por último desarrolló algunos elementos centrales en la determinación del derecho desde la precisión de la abstracción de los conceptos comúnmente empleados en el derecho de los contratos, poniendo de relieve las implicaciones de la ambivalencia del derecho en materia de derechos sociales.

Al final, el acto se acabó con el compromiso de convocar un nuevo seminario a mediados del año entrante, con la pretensión de introducir en él un apartado sobre la orientación metodológica de este proyecto de investigación, en donde Romagnoli y Cazzetta pudieran ofrecer una aproximación al abordaje de la temática, sin perjuicio de proseguir el avance en el examen de la regulación laboral en el franquismo desarrollista, tardofranquismo y transición democrática.


1 comentario:

Anónimo dijo...

Profesor, tan abundosa literatura ¿do se puede conseguir? Aquí, en Atarfe, estamos interesados en conocerla. Por aquello del conocimiento, ¿sabe usted? Suyo y de Zsa Zsa Gabor, Juan de Dios Pertiñez "El Nene".