martes, 14 de febrero de 2012

UN SEMINARIO EN ROMA SOBRE LA REPRESENTACIÓN SINDICAL EN LOS PAÍSES DE LA UNIÓN EUROPEA.


Organizado por la CGIL, bajo la dirección académica de Carmen La Macchia y la dirección de Stefano Oriani, se ha celebrado en Roma, en la veneranda sede de la CGIL de Corso d'Italia, un seminario de estudio en el contexto de un proyecto de investigación europeo sobre la representación sindical en los países miembros de la Unión Europea.

Participaban en él 11 países, con una doble presencia, de “consejeros científicos” – en su práctica totalidad personal académico universitario – y delegados de los sindicatos nacionales. Los países concernidos han sido Bélgica, Bulgaria, Chipre, Francia, Alemania, Italia, Polonia, Rumanía, Reino Unido, España y Suecia. El proyecto pretende confeccionar una serie de informes nacionales que puedan ofrecer no sólo una suerte de cartografía de la representación sindical, de sus estructuras y efectivos, sino también de las formas de presentación de la representación sindical y de la adquisición de la condición de la representatividad o mayor representatividad. En esa trayectoria, la relación entre representación y negociación colectiva aparece como un tema central, y la estructura del sistema de negociación colectiva desvela asimismo el sistema sindical de representación en un país determinado, de tal manera que las últimas tendencias de cambio legislativo sobre las reglas de negociación colectiva  inciden directamente sobre el sistema de representación sindical. No de otra forma puede ser interpretado el impulso a la empresarialización que se manifiesta como forma de desmoronamiento de la negociación colectiva sectorial y de reducir drásticamente tanto el poder de negociación sindical como el ámbito de aplicación del convenio y la tasa de cobertura del mismo, por mucho que también en este aspecto se canten las excelencias de la reforma en aras a la creación de empleo..

Finalmente, el proyecto quiere desembocar en una perspectiva de conjunto a partir de las estructuras del sindicato europeo en torno a la CES. Este argumento se ha discutido bastante en relación a la forma de abordar tal perspectiva europea. La influencia de la crisis, la yuxtaposición entre política europea y políticas de austeridad ligadas a la imposición de sacrificios han irrumpido de forma directa en el tema de la representación sindical como eje de los sistemas democráticos que caracterizan las diversas experiencias nacionales. La intervención externa de las medidas económicas y sociales frente a la crisis que se expresan como desregulación en el terreno de la producción, fortalecimiento del autoritarismo empresarial y antisindicalidad, junto a una perspectiva claramente hostil a las prestaciones ofrecidas por los servicios sociales y la seguridad social, lleva a plantear muchos interrogantes sobre la propia idea de Europa y su construcción actual como potencia antidemocrática y antisocial para muchos de los ordenamientos periféricos de esta región. En este sentido, se ha criticado la tibia reacción de la CES respecto de la situación griega, a la que ha dado públicamente un apoyo solidario que se ha retenido muy formal, sin reparar en la suspensión plena de las garantías democráticas que el proceso de “rescate” e “intervención” está llevando a cabo, produciendo el sufrimiento terrible de los trabajadores y ciudadanos griegos.

El proyecto debe desarrollarse en el arco temporal de un año. Por parte española, como “consejeros” académicos, se incorporan al proyecto Nunzia Castelli y Antonio Baylos, junto con Paco González, de CC.OO. Otros muchos especialistas europeos están presentes también como "consejeros" en el mismo, desde Antoine Lyon - Caen, Keith Ewing o Eva Kocher  y Giuseppe Ferraro. Se pretende así dar continuidad a un trabajo anterior, efectuado el año 2011 por la mayoría de miembros de este equipo, sobre el derecho de huelga en la Unión europea, que surgió a partir de la necesidad de verificar el grado de incidencia de la jurisprudencia Viking y Laval sobre los distintos ordenamientos nacionales, y la orientación de los diversos modelos estatales de reconocimiento legal y constitucional del derecho de huelga. Los trabajos han sido publicados en dos versiones, italiana e inglesa, por Ediesse, a finales de este año. Pero este último tema será de nuevo tratado en una próxima anotación, dado que es inminente una regulación por parte de la Unión Europea, del derecho de huelga de dimensión transnacional, de fuerte contenido restrictivo, a partir de la jurisprudencia tan criticada del Tribunal de Justicia. Atención a la directiva Monti II, ya en preparación y de próxima aparición. Seguiremos informando.


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