miércoles, 3 de octubre de 2018

EL ESTADO SOCIAL, BASE DE LA DEMOCRACIA (40 AÑOS DE LA PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE 1978)




El Estado es la forma que asume históricamente la comunidad política, coextensa con una población y un territorio. El Estado es definido fundamentalmente no sólo por el sistema de poder que éste organiza, sino por sus funciones en lo económico, lo social y lo ideológico. El desarrollo de un programa de normas y de decisiones que afectan a todos los ámbitos de la existencia individual, colectiva y social, se establece en un momento constituyente en el que se fija un cierto nivel de equilibrio en el sistema de poder – privado y público – dentro del marco económico capitalista, y se delimitan las alternativas y los proyectos de cambio social que la constitución recoge como posibilidad. Este mecanismo en la experiencia del siglo XX europeo ha generado una articulación estatal sobre democracias de masa, basadas en el sufragio universal y en la igualdad de sexos, y en los países que construyeron su marco político como respuesta a largas épocas de dictadura y de fascismo, ese componente democrático se radicalizó al reconocerse un principio político de exigencia de igualdad económica y social por parte de las clases subalternas, marcadas por su inserción en los procesos de producción de bienes y de servicios como trabajadoras y trabajadores asalariados. El movimiento hacia la igualdad sustancial es un concepto que se sitúa de forma polémica en un sistema económico que se basa en la explotación del trabajo para la acumulación del capital privado que justamente produce enormes desigualdades sociales. Esa tensión contradictoria alimenta la dinámica política en el espacio público de las democracias.

Porque frente al esquema liberal – que se detiene y se fija fundamentalmente en el concepto de estado de derecho – la tensión política entre el proyecto igualitario y el reconocimiento de un marco general de desigualdad en la creación y distribución de la riqueza, ha dado lugar al concepto muy interesante de Estado Social, que afirma un ordenamiento normativo no desconectado de los presupuestos materiales en los que se produce el enriquecimiento y el beneficio, y que actúa en su corrección o nivelación negando la capacidad de autorregulación del mercado y de la iniciativa privada como forma predominante de satisfacción de las necesidades sociales. Estado social implica hablar de democracia económica, de trasladar a las estructuras de poder privado que se mantienen ancladas en un decisionismo unilateral intangible la transformación del mismo a través de la codeterminación de las decisiones sobre la organización de los procesos de producción económicos y sociales, otorgando al trabajo un valor político indudable en la definición de los objetivos de las políticas públicas. El estado social regula de forma positiva e interviene activamente sobre la realidad social para construir un orden social igualitario.

La democracia española, nucleada en torno al proceso constituyente que dio lugar a la Constitución de 1978, quiso revalorizar la idea de democracia como reacción frente a la dictadura del régimen que sustituía. Por eso la fórmula que emplea es la de “Estado democrático y social”, importando la expresión de la Ley Fundamental de Bonn. Pero al colocarse juntos, la definición de “social” es muy expresiva y simbólica, remite a una potencia social de transformación de lo existente, sobre la base de la unificación de la ciudadanía social y política, cuya actuación debe ser tutelada predominantemente a través de la representación colectiva de las figuras sociales del trabajo y de las personas que trabajan. El Estado social realmente abre una posibilidad de programar en el tiempo y gradualmente la superación de la organización económica y social del capitalismo, debilitando la unilateralidad empresarial y la mercantilización plena de la existencia. Bruno Estrada se ha referido a estas posibles reprogramaciones sociales e institucionales como una “revolución tranquila”, en el libro que acaba de publicar la editorial Bomarzo.

Este es un tema por tanto importante para debatir en el marco de los fastos dedicados a los cuarenta años de la proclamación de la constitución de 1978. Hablar no sólo de la evolución concreta que el Estado Social ha ido adquiriendo en la evolución durante los mismos del debate jurídico y político sobre este particular, sino en la ambivalencia de esta noción, de lo que sugería y lo que no concretaba. Una mirada desde hoy a conceptos y nociones políticamente relevantes que sin embargo no se utilizan en el espacio del debate público o que incluso han desaparecido del lenguaje político actual.

A este fin se ha preparado un seminario de estudios el próximo 23 de octubre en Albacete. Con ocasión del cuarenta aniversario de la promulgación de la Constitución española de 1978, la UCLM, en colaboración con la Fundación 1 de Mayo, ha organizado un seminario de estudios, dirigido por Joaquin Aparicio Tovar, profesor emérito de esta Universidad, en el que se examinaran elementos centrales sobre la noción de Estado Social que integra el artículo 1º de nuestra Constitución, poniendo el énfasis en este adjetivación del Estado como social que en demasiadas ocasiones se ha omitido en la definición de las políticas públicas y para la asunción de los compromisos a las que los poderes públicos están obligados. El seminario está abierto no sólo a estudiantes y docentes universitarios, sino también a especialistas en relaciones laborales, sindicalistas y expertos e interesados en estas materias.

PROGRAMA

16,30: Presentación del seminario.
Antonio Baylos, Director del CELDS-UCLM
Rámon Górriz, Presidente de la Fundación 1 de Mayo
Maria José Romero, Decana de la Facultad de Relaciones Laborales y Recursos Humanos

17,00: El Estado social y la jurisprudencia constitucional
Presenta: Jesús Rentero Jover, Magistrado TSJ Castilla La Mancha
Maria Emilia Casas Baamonde
Catedrática de Derecho del Trabajo Universidad Complutense de Madrid
Presidenta emérita del Tribunal Constitucional.

18, 00: Estado Social y Estado Autonómico
Presenta: Amparo Merino Segovia, Decana de la Facultad de Ciencias Sociales (Cuenca)
Jaime Cabeza Pereiro
Catedrático de Derecho del Trabajo Universidad de Vigo.

19,00: Sentido y función del Estado Social
Presenta: Belén Cardona. Catedrática de Derecho del trabajo Universidad de Valencia.
Joaquín Aparicio Tovar.
Catedrático Emérito de Derecho del Trabajo UCLM

20,00: Clausura del seminario.





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