miércoles, 12 de diciembre de 2018

JUECES Y DESARROLLO DEMOCRÁTICO



Es demasiado evidente que en España existe una muy extendida erosión de la imagen de la judicatura, que se ha acentuado en los últimos días. La estrategia del Partido Popular de apropiación de la cúspide de la justicia con la finalidad no sólo de acotar y obstaculizar las investigaciones penales sobre la corrupción, sino también y fundamentalmente para legitimar la actuación del gobierno y controlar a partir de ahí las decisiones de cualquier cambio del ejecutivo, ha sido plenamente exitosa. El mensaje de Cosidó del que este blog se hizo eco y comentó en el post del 20 de noviembre (La apropiación partidaria de la justicia por el PP) deja muy claro cual es la concepción que guía esa estrategia de apropiación de la función jurisdiccional.

Felizmente no toda la magistratura está infectada por este virus tóxico de la sumisión partidista del PP y a los intereses económicos y políticos que este partido defiende, cada vez por cierto de forma más escorada hacia posiciones de extrema derecha que se corresponden a su vez con una visión patriarcal y autoritaria de las relaciones sociales. Una visión que lamentablemente aparece demasiadas veces como el sustrato cultural de algunas decisiones judiciales, precisamente las que saltan al espacio de la opinión pública como decisiones aberrantes en el contexto cultural y político de hoy en día. Existen sin embargo juezas y jueces normales, que tienen opciones ideológicas diferentes, pero que se esfuerzan por encontrar soluciones razonables y equitativas a los problemas y conflictos que se les presenta como objeto de su actividad profesional, como producto de su trabajo concreto. Acostumbrados sin embargo a ser considerados autoridad del estado y por tanto a autoconceptuarse como un poder en si mismos, no reciben de buen grado las críticas que en estos días están cosechando, que les hace aflorar un cierto instinto defensivo del que posiblemente deberían distanciarse.

La separación de magistradas y magistrados de la sociedad  - el “cuerpo separado”  de la misma - está inscrita en el genoma del art. 127 de nuestra constitución, cuando se les prohíbe en pro de la independencia judicial la militancia en los partidos políticos mientras se hallen en activo – con la excepción, como luego sabríamos, de los magistrados del Tribunal constitucional, que no están afectados por este precepto constitucional – y también se les aísla del derecho de sindicación, por entender incorrectamente que su función jurisdiccional excluía cualquier reivindicación socio-económica como empleados públicos y para marcar así de manera neta su separación con el mundo del trabajo y su representación colectiva como rasgo distintivo de los componentes de este poder del Estado.

Sin embargo sabemos hoy también que pese a esa separación del trabajo y de la sociedad, los hombres y las mujeres que ejercen la función jurisdiccional han entendido que es posible expresar el conflicto mediante el recurso a la abstención colectiva de trabajar, declarando así la titularidad y el ejercicio del derecho de huelga, a través de la cual se reivindican mejoras evidentes del servicio público que los recortes del gasto y la incuria del gobierno del PP en la satisfacción del derecho fundamental de los ciudadanos a la tutela judicial efectiva habían ido arruinando.

La asociación Jueces y Juezas para la Democracia (JJpD), heredera de la excepcional Justica Democrática de la transición es plenamente consciente de esta problemática. En el último número del boletín de la Comisión de lo Social se publica un editorial que reflexiona sobre estas cuestiones, partiendo del éxito de la huelga del 15 de noviembre y de la crisis abierta en el CGPJ a partir de que se hiciera pública la visión del PP de la finalidad a la que sirven los nombramientos de Magistrados del tribunal Supremo y de la cúpula judicial. El interés que este texto reúne es precisamente el de hacer comprender a sus afiliados la importancia de recomponer la relación – la conectividad se diría ahora – con la sociedad y las preocupaciones de ésta, los conflictos que la atraviesan, y por tanto concebir la función jurisdiccional como un servicio público que satisface el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva y que sirve directamente a los objetivos de libertad y de igualdad marcados como valores superiores del Estado Social y de Derecho  - pero subrayando también el adjetivo social que normalmente se evita – en el que ésta se integra y sin los cuales no tiene sentido.

El editorial, que se reproduce con la gentil autorización de sus autores/as, es el siguiente:

EDITORIAL

El mes de Noviembre de 2018 ha sido, sin lugar a dudas un mes convulso tanto judicial como socialmente.

Los Jueces/as de toda España hemos secundado la huelga convocada por las asociaciones. Se trata de la segunda huelga de este año, que se ha dirigido frente a los gobiernos del PP y del PSOE, con un respaldo masivo de 3.234 jueces/as, además de 1.004 fiscales, que la convierten en un éxito sin precedentes.

Por otro lado, las lamentables circunstancias que han rodeado la renovación del CGPJ, la ruptura del pacto entre los dos partidos mayoritarios a propósito de un correo electrónico que ponía luz el descarado propósito de control de la institución para fines partidistas y, a causa de ello, la forzada renuncia de M. Marchena, que había sido "designado" y había ya aceptado ser el presidente del CGPJ, antes incluso de que se supiera el nombre de los vocales a quienes la Constitución asigna la competencia para elegirle, revelan un deterioro democrático importante de una de las fundamentales instituciones de garantía de los derechos de la ciudadanía: el gobierno del poder judicial, llamado, precisamente, a defender su independencia frente a las injerencias políticas y partidistas.

Todo ello ocurría tras un duro inicio de mes, en que el aún Presidente del CGPJ, Carlos Lesmes, se vio obligado a presentar públicas disculpas por la lamentable gestión de la Sala III del Tribunal Supremo en relación con el abono del impuesto de actos jurídicos documentados con ocasión de préstamos para adquisición de vivienda.

Ante tal panorama, no es de extrañar, que además de las catorce reivindicaciones que se defendieron en la huelga, se resaltara la relativa a garantizar la independencia judicial y la debida separación de poderes como la primera de todas las reclamaciones.

Y es que, una vez más, la cúpula del Poder judicial había echado por tierra el abnegado trabajo que día a día realizamos miles de juezas/es de este país, a menudo con condiciones de trabajo lamentables, trabajo que había merecido un reconocimiento por parte de la ciudadanía durante los plomizos años de crisis, en que la judicatura de trinchera cuestionó las normas más indignas sobre desahucios, cláusulas abusivas, despidos o derechos sociales. 

En nuestro ámbito, la sentencia Diego Porras II (STJUE 21/11/2018, C-619/17) no supone precisamente un avance en la lucha contra la precariedad y el abuso de la contratación temporal, especialmente en las Administraciones Públicas. Esta persona tiene el dudoso honor de ser la primera que ha conseguido llegar a ese Tribunal dos veces. Además, esta sentencia no es la última, dado que debe ahora ser interpretada por el Tribunal Supremo. Mientras tanto, ni está ni se espera la implicación del legislador contra la precariedad laboral.  

Por otra parte, a nivel social, vemos que los médicos, los profesionales universitarios, los funcionarios/as, en definitiva, quienes trabajan en los servicios públicos, están clamando en muchos lugares por una mejora de las condiciones de prestación de los servicios que constituyen los pilares del Estado del bienestar y que se han venido deteriorando año tras año. También los pensionistas siguen reclamando la conservación del poder adquisitivo de las pensiones, luego de muchos años de trabajo y tras un ejercicio de solidaridad intergeneracional de dignidad indiscutible.

El Informe de Mundial sobre Salarios de la OIT 2018/2019 es revelador de la crisis social por la que atraviesa nuestra querida Europa, devorada por movimientos nacionalistas, identitarios y supremacistas, movimientos que desvían el foco de atención de la creciente desigualdad y trastocan la dirección del conflicto social. No se nos ocurre nada mejor que citar al maestro  L.FERRAJOLI, " " ya no la lucha de clases de quien está abajo contra quien está arriba, sino, al contrario, la lucha de quien está abajo contra quien lo está todavía más, en total beneficio de quien está en lo alto".   (Vid. La Constitución más allá del Estado. Ed. Trotta. 2018. Trad. Perfecto Andrés Ibáñez)

Del informe de la OIT se extraen varias conclusiones, todas ellas desoladoras:
  • El crecimiento mundial de los salarios en 2017 no solo fue menor que en 2016, sino que registró la tasa de crecimiento más baja desde 2008, situándose muy por detrás de los niveles alcanzados antes de la crisis financiera mundial. 
  • La brecha salarial de género (ponderada) a nivel mundial se sitúa en torno al 16%. Factores como el que las mujeres suelen obtener un rendimiento salarial menor que los hombres, en igualdad de categoría profesional,  la persistencia de la infravaloración de trabajos feminizados, la insuficiente protección de la maternidad o de la conciliación, siguen siendo los lastres de la igualdad de género más relevantes en el ámbito de las relaciones laborales.  

Desde la Comisión Social de JJpD, queremos mostrar nuestra solidaridad con todos estos colectivos, que, como las personas que componemos la carrera judicial, integramos entre todos el motor humano de este nuestro Estado Social, un estado llamado constitucionalmente a remover los obstáculos que impidan o dificulten la plenitud   en el real y efectivo goce de los derechos de las personas y los grupos en que se integran. 

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