jueves, 23 de junio de 2022

EL PUNTO DE INFLEXIÓN ENTRE TEMPORALIDAD Y ESTABILIDAD EN EL EMPLEO TRAS LA APROBACIÓN DE LA REFORMA LABORAL EN LAS ESTADÍSTICAS OFICIALES.

 


Es suficientemente conocido el cambio normativo que la reforma laboral de 2021 ha generado en las formas de ingreso a la relación de trabajo, privilegiando el contrato indefinido y reforzando el principio de causalidad de la contratación temporal, que resulta estrictamente limitada. A pesar de que la entrada en vigor plena de la norma se pospone tres meses, las estadísticas oficiales han comenzado a anotar un cambio importante al respecto. Sobre este tema se han manifestado opiniones diversas en orden a poner en tela de juicio la efectividad en términos estadísticos de esta nueva regulación legal. En esta entrada se apuntan algunos datos al respecto.

En un reciente y muy oportuno brief de la AEDTSS que ha publicado el profesor de Derecho del Trabajo de la Universidad Carlos III de Madrid, Pablo Gimeno Díaz de Atauri , (https://www.aedtss.com/la-reforma-laboral-de-la-contratacion-2021-en-las-fuentes-estadisticas-oficiales-primer-avance/  )  se analiza con exhaustividad y claridad expositiva este problema resaltando las consecuencias políticas que acarrea y que revaloriza el efecto medible del cambio legislativo en el mercado de trabajo. Consecuentemente, “no puede extrañar que el valor de las reformas laborales se mida, en gran medida, por sus resultados cuantitativos, lo que conduce, de forma inevitable, a la batalla por el “discurso”, por la interpretación de los datos más favorable a los intereses de cada parte”. La paradoja es que cualquier intervención que explique o interprete los datos estadísticos se verá por tanto arrastrada a ese escrutinio sobre su efectividad que a la postre es un escrutinio sobre su acierto político, sin que la independencia y la neutralidad científica de quien se presenta como tal le permita quedar a salvo de este juicio de valoración al que se reduce la eficacia de los cambios en la regulación “del mercado de trabajo”.

Al margen de los contenidos de interés que incorpora este texto, es remarcable la opinión de este profesor para quien no hay un punto de inflexión claro entre temporalidad y estabilidad del mercado de trabajo español teniendo como referencia la reforma laboral de 2021. "La favorable evolución de la tasa de desempleo actual (inferior a la existente en el primer trimestre de 2020, apenas afectada por la pandemia y la más baja para este periodo del año desde 2008), en cualquier caso, no está viéndose acompañada por un incremento de la temporalidad, pero tampoco de un descenso claro, al menos en la Encuesta de Población Activa. La actual tasa de temporalidad (24,2%) es, de hecho, superior a la que se registró un año antes (23,8% en el primer trimestre de 2021)." Una constatación que se acompaña de la advertencia sobre la pobreza del material con el que se cuenta: “Sólo disponemos de datos de la Encuesta de Población Activa para el primer trimestre del año y en los datos de contratación del Servicio Público de Empleo Estatal, apenas sobre cinco meses de este 2022”.

Pero hay evidencias suficientes para afirmar la efectividad inmediata de la reforma laboral a pesar del corto período de tiempo recorrido. Es cierto que la EPA del primer trimestre aún no recoge con suficiente precisión los efectos que está teniendo la reforma laboral de 2021 en la contratación. Como es sabido, la reforma incluía una vacatio legis de tres meses para permitir la adaptación de las empresas a la profunda transformación del modelo contractual. La reforma entró plenamente en vigor en materia de contratación a partir del 1 de abril, algo que los datos de la contratación reflejan con mucha claridad.

En enero la contratación indefinida supuso el 15% del total de contratos, en febrero el 22%, el 31% en marzo y, a partir de abril, se sitúa en el 46%. Es evidente que el cambio en el modelo de contratación toma impulso a partir de abril de forma que será en la EPA del segundo trimestre cuando aparezca reflejada esta nueva realidad contractual.

Pero  hay otras referencias estadísticas que son muy reveladoras. Donde ya se puede comprobar este cambio en la calidad del empleo es en la afiliación a la Seguridad Social. En diciembre de 2021, antes de la reforma, el 70,6% de las personas afiliadas al Régimen General de la Seguridad Social tenían una relación laboral de carácter indefinido. Ahora en mayo, apenas 5 meses después, esa tasa de estabilidad se ha elevado hasta el 78,1%, su máximo valor histórico, con un crecimiento de7,5 puntos en apenas cinco meses, lo que pone de evidencia la rapidez y la intensidad en la transformación del empleo que está provocando el RDL 32/ 2021.

Este dato de la Seguridad Social es un indicador adelantado muy preciso de lo que reflejará la EPA del segundo trimestre de 2022. Ahora bien, incluso la EPA del primer trimestre de 2022 ya empezó a reflejar esta positiva evolución, en especial en el sector privado de la economía, que es el directamente implicado por el cambio normativo ya que el empleo público tiene procedimientos diferentes y más lentos para su transformación contractual.

En el primer trimestre de 2022 la tasa de temporalidad del sector privado se situó en el 22,1%, es la más baja de un primer trimestre de toda la serie histórica, junto a la del primer trimestre de 2021. Por ejemplo, en 2019, la tasa era del 25,4% y del 26,5% en 2018.

De hecho, la tasa de temporalidad en el sector privado está 4 puntos por debajo de la media de los primeros trimestres del periodo 2016/2019.

Es cierto que la tasa de temporalidad bajó en 2020 y en el principio de 2021, porque siempre en las crisis lo que se destruye es empleo temporal y eso provoca una caída estadística de la tasa de temporalidad.  Esto es, no baja la temporalidad porque mejore la calidad del empleo sino por qué se destruye empleo temporal.

Desde esta perspectiva de análisis el cambio introducido por la respuesta a la crisis primero con los ERTE y con la reforma laboral después, es que por primera vez la economía española inicia una fase de recuperación y crecimiento de empleo reduciendo la temporalidad.

Nunca había pasado. El primer empleo en destruirse era el temporal –– y eso hacia bajar la tasa de temporalidad–– y también era el primero en recuperarse, volviendo a aumentar la tasa. Esta vez es diferente: la calidad del empleo mejora porque en esta fase expansiva lo que crece es el empleo de carácter indefinido.

Los datos de la afiliación Régimen General de la Seguridad Social lo demuestran. Desde enero hasta mayo, el número de personas con contrato indefinido se ha incrementado  en 1,3 millones  mientras que las que están trabajando con un contrato temporal se ha reducido en 920.000: aumenta el empleo neto en 365.000 personas pero, sobre todo, se produce un intenso trasvase de empleo temporal a empleo indefinido.

Se trata de una tendencia que sin duda se reflejará en la EPA del segundo trimestre, pero que indica la eficacia del tratamiento normativo sobre la conformación de la calidad del empleo y el acierto consiguiente en las medidas adoptadas. Desde las fuerzas políticas que se han opuesto al contenido de la reforma laboral, previsiblemente por defender el modelo regulativo que está en la base del ciclo 2010-2013, estos datos no permiten sostener su “relato” sobre la ineficacia de un cambio legislativo ni tampoco entender que en definitiva no se han producido cambios significativos en la composición del mercado laboral. La repercusión directa del RDL 32/2021 sobre la reducción de la temporalidad y la instalación de un principio de estabilidad en el empleo se ha traducido en datos muy relevantes ya solo en el primer trimestre del año, que se reforzarán con los relativos al trimestre posterior. Un punto de inflexión claro entre temporalidad y estabilidad del mercado de trabajo, pero ante todo un  resultado excepcional que revela el acierto de la modificación legislativa efectuada y que desde luego constituye un elemento de extrema relevancia política en la determinación de las líneas de reforma de la regulación del espacio de acceso al empleo de calidad y con derechos.

 

 


1 comentario:

Anónimo dijo...


👆Esto es muy importante. Es la caída de un mito: que para crear empleo hay que precarizarlo, o que precarizándolo se crea más empleo por cada punto que crece el PIB. No ha sido cierto nunca, pero ahora tenemos otra prueba "en positivo".
España ya tuvo en 2007 una tasa de paro igual a la de la UE... ¡pero con un 35% de temporalidad! ¿Te imaginas un gobierno capaz de conseguir -en la próxima legislatura- volver a bajar la tasa de paro a niveles europeos, pero también con una tasa de temporalidad equiparable?