miércoles, 12 de julio de 2023

MEDALLAS AL TRABAJO Y MIEMBROS RELEVANTES DE LA DICTADURA. UNA APLICACIÓN CORRECTA DE LA MEMORIA DEMOCRÁTICA

 


La persecución de los sindicalistas y miembros de los partidos obreros desde el primer momento de la sublevación militar contra las autoridades democráticas republicanas no sólo fue una constante durante la larga contienda civil, con las trágicas consecuencias que conocemos y que aun hoy permanecen vigentes ante la enorme cantidad de personas desaparecidas y enterradas en fosas comunes sin que sus familiares puedan conocer su ubicación. El Decreto de 13 de septiembre de 1936 que declaraba ilegales a todos los partidos y agrupaciones sociales que integraron el Frente Popular decretaba también la incautación de todos sus bienes, y esta declaración se acompañaba de la represión severa de todas las personas que formaban parte de estas organizaciones, así como de sus familias en una gran parte de los casos. Al acabar la guerra con la victoria del bando faccioso, la política de hostigamiento personal se consolidaba al declarar la ilegitimidad de las organizaciones de clase, sindicales y políticas, y la criminalización de sus medios de acción.

Esta perspectiva que negaba la existencia de un conflicto de clase y que por tanto se empeñaba en la ilegalización de cualquier forma de organización colectiva del trabajo sería una constante de la dictadura y de la primera transición, hasta el giro que a la misma se dio tras los terribles siete días de enero de 1977. La necesaria adaptación del franquismo a una lógica de mercado abierto, con la instauración de la negociación colectiva tutelada por el Ministerio de Trabajo, y la creación de un espacio de representación de los trabajadores diferente al del empresario, fue aprovechado por el movimiento obrero para crear una de las formas organizativas más inteligentes a medio camino entre la legalidad y la subversión de la misma, las comisiones obreras como movimiento de clase, que inmediatamente fueron ilegalizadas por el Tribunal de Orden Púbico y consiguientemente perseguidas penal, gubernativa y laboralmente mediante el despido. Quiere decirse que la acción colectiva tanto en lo que se refiere a la organización de las personas que trabajaban en torno a un interés colectivo y confrontado al empresario como en la forma de libertad de expresión, de reunión y manifestación, y desde luego la huelga y otras manifestaciones del conflicto, fueron perseguidas con saña por los poderes públicos y en especial por la policía política y los tribunales, civiles (es un decir) y militares. Y esto hasta la muerte del dictador y la primera transición con Arias Navarro de presidente de gobierno, es decir, como una característica fundamental del régimen a lo largo de todas sus diferentes fases, desde las más ligadas a la retórica claramente fascista de sus primeras décadas – que simboliza claramente el Ministerio de trabajo de Girón de Velasco, a partir de 1941 hasta 1957 – hasta el desarrollismo tecnocrático que consolidó un autoritarismo social de mercado progresivamente deteriorado por el auge de la conflictividad obrera y la exigencia de un cambio político democrático que afectaba ya a amplios sectores económicos y sociales del país.

Reparar las consecuencias más negativas sobre las personas trabajadoras que habían ejercitado sus derechos fundamentales a organizarse colectivamente y a defender sus intereses fue el objetivo de la muy importante Ley de Amnistía (Ley 46/1977, de 15 de octubre) en su versión de amnistía laboral, que se vino a aplicar a más de 60.000 personas que habían perdido su empleo por organizarse como movimiento, realizar propaganda, reunirse, manifestarse o participar en una huelga. La vertiente colectiva habría de regularse más tarde, en la Ley 4/1986, de 8 de enero, de cesión de bienes del Patrimonio Sindical acumulado, de una forma deficiente, diferenciando entre el patrimonio acumulado y el patrimonio histórico y ligándolo a un procedimiento de adjudicación en principio relacionado con la mayor representatividad , luego ampliada por obra de una jurisprudencia constitucional muy condescendiente.

Sin embargo, otros aspectos no menos relevantes por su significación política permanecieron inmutables. Uno de ellos era el de la entrega de condecoraciones y honores derivadas del trabajo a importantes exponentes públicos de la dictadura, cuya entrega había sido motivada de manera evidente como una forma de celebración del poder que esta figura acumulaba en el seno del sistema. Que personajes siniestros con un protagonismo señalado en el franquismo mantuvieran esos honores repugnaba a cualquier demócrata. Pese a ello no se tomó ninguna medida, ni siquiera cuando a partir del 2007 se promulgó la llamada Ley de Memoria Histórica, para revocar estas distinciones.

El tema se debía plantear claramente con carácter general a partir de la promulgación de la muy importante Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, cuyo art. 40 establece que “Las administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias y con arreglo a los correspondientes procedimientos, adoptarán las medidas oportunas para revisar de oficio o retirar la concesión de reconocimientos, honores y distinciones anteriores a la entrada en vigor de esta ley que resulten manifiestamente incompatibles con los valores democráticos y los derechos y libertades fundamentales, que comporten exaltación o enaltecimiento de la sublevación militar, la Guerra o la Dictadura o que hubieran sido concedidas con motivo de haber formado parte del aparato de represión de la dictadura franquista”, pero esta posibilidad ya había sido planteada anticipadamente por el Real Decreto 153/2022, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Medalla y la Placa al Mérito en el Trabajo, cuyo art.10.1  prevé que la medalla pueda ser objeto de revocación “cuando quede acreditado que la persona beneficiaria, antes o después de la concesión, con motivo de haber formado parte del aparato de represión de la dictadura franquista, hubiera realizado actos u observado conductas manifiestamente incompatibles con los valores democráticos y los principios rectores de protección de los derechos humanos”, añadiendo en su Disposición Transitoria que “las Medallas al Mérito en el Trabajo concedidas con anterioridad a la entrada en vigor de este reglamento podrán revocarse por el mismo órgano competente para su concesión, en los supuestos, mediante el procedimiento y con los efectos previstos en los artículos 10 a 12”.

En aplicación de este proceso, el Consejo de ministros del 11 de julio de este año ha decidido retirar las respectivas Medallas al Mérito en el Trabajo concedidas a personas que participaron activa y destacadamente de la represión tras el Golpe de Estado de 1936, entre ellas la medalla especial laureada a Francisco Franco, cuyo decreto de concesión, siendo ministro Girón de Velasco decía literalmente lo siguiente:

Al frente de los trabajadores que en la guerra dieron su sangre y en la paz dan su esfuerzo, Francisco Franco, caudillo de la hueste laboral de España, devolvió a la patria el honor y la dignidad perdidos.

Cuarenta y siete años de servicios sin reposo, en continuada vela, desde el alba hasta el ocaso, combatiendo y gobernando, conduciendo a la Nación española desde la oscuridad a la luz, dictando la Justicia en el trabajo, velando por la pureza de la Revolución Nacional-Sindicalista forjando el primero y el último eslabón de la unidad entre los hombres de España, obligan a los trabajadores que siguen sus banderas a exigir para su Jefe un galardón sin par que corone sus victorias sociales.

El Ministro de Trabajo recoge este clamor para constancia solemne de los esclarecidos méritos del primer trabajador de España y crea por el presente Título la Medalla de Oro Laureada al Mérito y al Sacrificio en el Trabajo que nadie podrá ostentar en el futuro, para el Excmo. Sr. CAPITAN GENERAL DON FRANCISCO FRANCO BAHAMONDE, Generalísimo de los Ejércitos, Caudillo de España y Jefe Nacional del Movimiento.

Madrid, 18 de julio, Fiesta de Exaltación del Trabajo, de 1953.

La medalla “nadie la podrá ostentar en el futuro”, pero a partir de ahora tampoco sus descendiente podrán vanagloriarse de ello, ante la revocación ineludible de esta infamia. Además del propio dictador, la revocación afecta a otros importantes exponentes de la represión franquista de clara orientación antidemocrática: El cardenal Enrique Pla y Deniel que bendijo la “santa cruzada”, el coronel golpista  y luego alcalde eterno de Cádiz León de Carranza, el teniente general Yagüe, y los ex ministros de trabajo Girón de Velasco, Jose Luis Arrese, Jesus Romeo Gorría, Pepe Solís, ministro de Sindicatos y “la sonrisa del régimen”, y el alcalde de Oviedo, coronel y ministro de obras públicas Fernández Ladreda, todos destacados personajes dirigentes de la dictadura franquista que sin embargo integraban un “libro de oro” de la medalla del trabajo que se conservaba como tal en los archivos del Ministerio.

En la situación actual, tanto el Partido Popular como la ultraderecha post/neo franquista claman por la derogación de la Ley de Memoria Democrática. Entienden que el derecho a la verdad que esta norma reconoce a todas las personas que vivimos en España sobre la existencia de una larga noche de dictadura y de carencia de libertades, es algo que debe ser negado e imposibilitado, sustituido por un relato en el que  el valor de la democracia no tiene sentido ni político ni ciudadano ni moral. Ese peligro acecha en las elecciones del 23 de julio.

Que el Ministerio de Trabajo y Economía Social con Yolanda Díaz a la cabeza haya hecho posible la revocación de estos honores infames concedidos a relevantes miembros de la dictadura y al propio dictador, halagado hasta la náusea por un coro de seres serviles ante su poder e inmisericordes respecto del sufrimiento y la represión de la clase trabajadora organizada, dice mucho de su real compromiso con la democracia social y con “el reconocimiento de quienes padecieron persecución o violencia, por razones políticas, ideológicas, de pensamiento u opinión”, repudiando la dictadura franquista como dice la Ley de Memoria Democrática y debería defender cualquier fuerza política que se defina como constitucionalista.

Muchas gracias por tanto al equipo del Ministerio por acabar con la indignidad de ese “libro de oro” de la medalla del trabajo y recuperar la dignidad democrática de una distinción que se basa fundamentalmente en la dignidad del trabajo con derechos.

 

 

 

 

1 comentario:

paco trillo dijo...

La decisión del Consejo de Ministros constituye sin duda un hito histórico que avanza hacia una democracia que se libera paso a paso de la dictadura franquista.
Enhorabuena al Ministerio de Trabajo de la esperanza.