miércoles, 17 de agosto de 2022

RELIGIÓN Y POLÍTICA EN LAS ELECCIONES BRASILEÑAS. HABLA TARSO GENRO

 


(En la foto, Tarso Genro en la Facultad de Derecho de la Universidad Federal de Rio de Janeiro, el 12 de agosto, en un acto en defensa del Estado de Derecho, las urnas electrónicas y las libertades democráticas)

En el próximo otoño (europeo) se producirán las elecciones presidenciales en Brasil. Un momento político trascendental no sólo para América Latina, sino para todas las democracias en el globo. El período de gobierno de Bolsonaro ha sido sin duda uno delos períodos más aciagos para la historia de Brasil y para la vinculación de América Latina a los ideales de libertad y democracia que han fundado sus estados democráticos. En este artículo, Tarso Genro, un potente intelectual y un lúcido pensador político, pero ante todo gran amigo y seguidor de este blog, reflexiona sobre los valores republicanos y la peligrosa ideología fundamentalista religiosa que converge con la ideología neoliberal y quiere sostener el orden injusto y desigual que se ha ido asentando entre la violencia y la exaltación de la muerte en el Brasil de los últimos cuatro años. Su reflexión no sólo sirve para dentro de las fronteras de Brasil, como comprobará la amable audiencia del blog. Buena lectura en esta mitad de agosto.

Sobre la predicación y la traición y el Dios de los miserables

Tarso Genro (https://sul21.com.br/opiniao/2022/08/sobre-pregacoes-e-traicoes-e-o-deus-dos-desgracados-por-tarso-genro/#.YvwmM-fDNVY.whatsapp)

Estamos en el umbral de la recuperación de los valores de la Democracia y la República o en el umbral de la recepción electoral de su traición. Apuesto, con optimismo, por la primera hipótesis, no sin recordar -quizá impulsado por una lectura mal recordada de Borges- que el traidor es un hombre de lealtades sucesivas y opuestas, y un fascista, un fanático, un sectario, es un hombre que sólo es leal a sí mismo, es decir, (es leal) a un odio visceral o a una repulsión radical de todo lo humano. Los fascistas y los traidores a la Constitución brasileña del 88 están en el mismo bando, aunque no todos son conscientes del campo donde se turnan con sus odios y mentiras. Los tiempos límite son tiempos para recordar nuestras vidas, los errores, los aprendizajes y, sobre todo, para recordar lo humanos que seguimos siendo en un tiempo en el que un presidente dice que quiere matar, pero es absuelto -pero además de sus cómplices- por la tolerancia de los que forman la opinión, como si la omisión no fuera complicidad y la tolerancia pudiera disfrazarse de algo distinto a la cobardía.

A principios de los años cincuenta -más exactamente en agosto de 1952- un periodista y escritor llamado Gondin da Fonseca (1899-1977), reportero y cronista cuando quería y brillante panfletista político en los momentos oportunos, concedió una entrevista a su querida sobrina Regina Helena, en su casa de Tijuca, en Río de Janeiro. Al decir que iba a abandonar el periodismo, Gondin -también un sofisticado intelectual y defensor de la regulación profesional del periodismo- dijo que estaba "cansado": quería "sombra y agua fresca". Para él, eso significaba dedicar su tiempo a escribir un libro sobre el escritor portugués Camilo Castelo Branco, al que admiraba con la misma intensidad que a Eça de Queiroz. Recuerdo este nombre emblemático de la prensa y de los intelectuales de aquel agitado período de formación del Brasil moderno, porque al inicio de esta campaña electoral su nombre me vino a la mente a través del título de uno de los primeros, si no el primer libro "político" que leí de principio a fin. En 1961, en la santa ignorancia de mis 14 años leí "Senhor Deus dos Desgraçados (El dios de los miserables)" y aprendí lecciones que me han marcado hasta hoy, muy alejado - gracias al Dios de los Miserables - de la cultura "fast-food" de la forma neoliberal de vivir y amar, marcada por el auge del fascismo en todo el mundo, cuya indiferencia hacia el otro naturaliza tanto el Bolsonaros de la vida como el asesinato de opositores políticos.

El arrollador título me vino sin avisar mientras leía un artículo en las redes sobre uno de estos Pastores del dinero, que transitan desde las Comisarías a sus no tan discretos Templos, donde se presentan ante los pobres de la sociedad de clases con su conveniente visión de un Dios que es su celestial apoyo político, sin presentar nunca las fuentes de sus ingresos terrenales

La confusión entre política y religión nunca ha sido tan grande en el país y ayuda a la radicalización del proceso de disputa política, porque esta subsunción de la política en la religión (o viceversa) anula el discurso de la razón democrática, de partido a partido, y permite la sustitución de la argumentación por la fe, que sólo está a un paso de la violencia política sin fin. Es posible respetar todas las religiones y garantizar la plenitud de sus derechos a la predicación religiosa, sin dejarse amedrentar por el odio que destila la falsa predicación, destinada a destruir la laicidad del Estado y reservar así el derecho a hablar, exclusivamente, a los que están de acuerdo con sus convicciones y enseñanzas fundamentalistas, con el discurso oportunista que apunta sólo a los fines materiales de esta vida, para los pastores en busca de capital.

De las religiones pueden surgir enseñanzas que subyugan a las personas, en lugar de guiarlas en la fe, y también enseñanzas que buscan extorsionar una parte de los pequeños ahorros de las personas, en lugar de acercarlas a los mensajes de generosidad y solidaridad que contienen todas las religiones. Es por estas dos posibilidades que el Estado moderno es laico y prohíbe que su aparato de poder y sus recursos sean ocupados por los gobiernos, en el estado de derecho, para premiar con atención y derechos a los "creyentes" de su grupo y excluir a los otros, que no aceptan sus discursos de odio y discriminación.

El ex presidente Lula está sufriendo, en este momento en que escribo este texto, una campaña infame ciertamente promovida por estos pastores adinerados, difamadores y sinvergüenzas ampliamente presentes en la crónica policial. Este inicio de campaña me recordó también el libro de Gondim da Fonseca, "El Dios de los miserables", para presumir otro tipo de Creador: el de los sinvergüenzas políticos salidos de los antros del fundamentalismo, cuya doctrina se refiere a un "Creador" que autoriza la extorsión por la fe y también alienta el combate político sin ideas para facilitar su enriquecimiento sin causa.

Al acabar con la secularización del Estado, el discurso fundamentalista, si se convierte en el discurso del Estado, acaba con la "libertad de agencia en el Estado de Derecho, que sólo puede existir dentro de los límites determinados por el hecho de que cada uno puede reclamar la misma libertad", es decir, la religión -de hecho única- que proviene del poder totalitario religioso, suprime la legitimidad de los demás discursos religiosos. Así, segrega a la segunda clase de ciudadanía aquellas visiones de la religión que son tolerantes con la diversidad del ser humano, así como con las diferencias culturales que forman cada comunidad del género humano. No es gratuito que la visión de la "vía única" en la economía sea apropiada como "cosa propia" por la mayoría de las religiones que predican los dogmas del fundamentalismo y la intolerancia religiosa, que rápidamente se convierte en intolerancia política en la vida común. No es extraño también que los partidos de extrema derecha que tienden al fascismo se prodiguen en presentarse en nombre de Dios, la Patria y la Familia, para apuntalar su identidad totalitaria.

Estas elecciones previstas para el 2 de octubre de 2022, pueden convertirse en una guerra, no porque la política haya dividido radicalmente a los pueblos de forma espontánea o porque las religiones nos hayan llevado a esta situación, sino porque el fundamentalismo de las religiones del dinero y el discurso fundamentalista neoliberal han encontrado un camino común, en la situación histórica concreta: la victoria de las opresiones de clase, que viene desde dentro de la dominación del rentismo ultraliberal y las guerras mundiales "parciales", son ya radicalmente contrarias a la razón, a la libertad de espíritu y a las libertades políticas de la democracia liberal representativa. Ya no hay disimulo posible -dentro de la democracia política- por lo que han naturalizado el fascismo y han llegado a adorar la muerte como consenso y la distorsión religiosa como arma de hegemonía. Esto nos llama a la vida y nos dará la fuerza para ganar.

(*) Tarso Genro fue gobernador del Estado de Rio Grande do Sul, alcalde de Porto Alegre, ministro de Justicia, ministro de Educación y ministro de Relaciones Institucionales de Brasil.

 

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Traducción realizada con la versión gratuita del traductor www.DeepL.com/Translator



sábado, 13 de agosto de 2022

REMOVIENDO ESTADÍSTICAS. ALGUNOS DATOS INTERESANTES SOBRE EL DESPIDO

 


El verano es lo que tiene. Ante un puente espectacular que procurará el movimiento de decenas de miles de personas por todo el territorio nacional – el puente de la Virgen de agosto – es siempre útil acudir a las estadísticas que recuerdan los datos que conforman la realidad de las cosas, no siempre ni necesariamente coincidentes con la manera en la que la percibimos. Los informativos televisivos prefieren en estos días abrir con las estadísticas sobre los accidentes de carretera, y colocan en segundo lugar las cifras terribles del continuo goteo de crímenes debidos a la violencia de género que se prolonga también en fechas estivales. La terrible noticia de que en el primer semestre del año hayan fallecido 394 personas en accidente de trabajo, 60 personas más que las fallecidas el año pasado, y que se hayan incrementado los fallecimientos por infartos y derrames cerebrales (+17,8%), las muertes debidas a atrapamientos y aplastamientos (+34,1%) y las ocurridas en accidente in itinere (+29,8%) – datos todos ellos extraídos del comunicado de UGT de 11 de agosto que se puede consultar en https://www.ugt.es/394-personas-han-muerto-en-accidentes-de-trabajo-en-los-seis-primeros-meses-de-2022 -  , no suele compartir el protagonismo que en estos días de agosto obtienen las referencias al tráfico por carretera.

Sin embargo, en esta entrada no se va a analizar ninguno de estos tres elementos de riesgo social que requieren, cada uno en su aspecto, una contundente política de prevención y de formación ciudadana, que en el caso de los accidentes de trabajo tiene que ver especialmente con una concepción de la seguridad y salud en el trabajo no mediada por la lógica mercantil que en los discursos mediáticos dominantes se reivindica como sinónimo de la libertad. Lo que se va a abordar a continuación es algo mucho más trivial que proviene de un cotejo de algunas estadísticas sobre el despido que ha efectuado el Ministerio de Trabajo sobre el coste del mismo y las que refleja el CGPJ como asuntos judiciales resueltos por los órganos jurisdiccionales de lo social. Es decir, se habla del despido y su anotación estadística en nuestro país.

Lo primero que llama la atención es la importancia que tiene en el conjunto de la tutela judicial efectiva en materia laboral, la materia del despido. De todos los temas que acceden al escrutinio judicial, el despido ocupa un papel preponderante al menos desde el ciclo de la crisis 2010-2013 y la reforma laboral consiguiente, que abarató y facilitó la rescisión unilateral de los contratos de trabajo por parte del empresario. Los datos que se añaden a continuación comienzan en el 2011, y mantienen una cierta estabilidad hasta 2019, como se verá.

Las estadísticas del consejo General del Poder Judicial no diferencian entre el tipo de procesos de despido – disciplinarios, por causas objetivas, colectivos – pero señalan que el crecimiento de los pleitos de despido resueltos es constante hasta 2015, y luego se estabilizan en torno a un tercio del total de asuntos resueltos, según esta tabla que se inserta a continuación

2011   (29,6%)

98.775

2012   (30,7%)     

108.570

2013   (33,2%)

119.115

2014   (33,1%)

118.225

2015   (30,2%)

110.092

2016   (29,5%)

101.477

2017   (29,2%)

97.763

2018   (30,3%)

101.243

(Fuente: Estadísticas judiciales sociales CGPJ[1])

Son unos datos que describen la litigiosidad derivada de los actos de despido, entre los que se cuenta la impugnación de los contratos temporales en fraude de ley, cuyo cese se asimila a un despido improcedente con la fijación de las indemnizaciones correspondientes, pero que revelan a su vez la importancia cualitativa que estos asuntos tienen en el conjunto de la tutela judicial efectiva ante los tribunales del orden jurisdiccional social.

Es muy destacable que esta importancia del control del despido por los órganos jurisdiccionales de lo social conoce un incremento vertiginoso en los dos últimos años, como se puede verificar en el siguiente cuadro, tomado también de las estadísticas judiciales del CGPJ

2019

2020

2021

108.698

106.654

135.361

(32,05%)

(37,80%)

(45,62%)

 

Es decir, que el porcentaje de los despidos sobre el total de asuntos resueltos por la jurisdicción social ha ido aumentando a partir del 2019 desde casi un tercio – 32% en 2019 -, hasta casi un 38% al año siguiente, hasta llegar al impresionante 45,6% del año 2021, o sea, en ese año casi se dedica la mitad de la actividad judicial a la resolución de los procesos por despidos. Hay que tener en cuenta además que en el 2020 la crisis del COVID propició una suspensión de plazos y de vistas y por tanto el porcentaje cercano al 38% revela también en ese año un incremento muy estimable.

Por otra parte, según las estadísticas que se dispone sobre número de trabajadores despedidos que establece el Ministerio de Trabajo de las que este blog se hizo eco en el período 2015-2018 (https://baylos.blogspot.com/2021/01/el-coste-del-despido-en-espana-2015.html), revelan que la vía del despido individual es con mucho la más utilizada respecto de la que prevé la normativa sobre los despidos colectivos. La vía del despido disciplinario individual y la extinción por causas objetivas por debajo de los umbrales señalados en la Directiva son las fórmulas que acumulan más personas despedidas, como se puede observar en la tabla siguiente:

 

Año

Total  trabajadores despedidos

Disciplinarios

Colectivos

Objetivos individuales

2015

449.317

130.849

32.823

258.737

2016

431.852

135.786

33.217

245.195

2017

415.927

137.762

24.854

238.023

2018

421.327

144.412

25.839

235.609

(Fuente: Ministerio de Trabajo. Estadística de los despidos y su coste[2]

Se trata de unos datos del Ministerio de Trabajo que comienzan en los años posteriores a los momentos álgidos de la crisis y de la destrucción de empleo en España, y que por consiguiente son indicativos de una tendencia estable y de una práctica continuada. La peculiar conformación del tejido empresarial español, en el que abundan las pequeñas empresas, pueden suministrar alguna indicación respecto de la preferencia por la vía individual de extinción de contratos, y, si se comparan los resultados de uno y otro cuadro, se puede apreciar asimismo la importante tasa de litigación que lleva aparejado el despido, preferentemente individual, en orden a la fijación judicial de las consecuencias del mismo, especialmente las referidas a la indemnización.

En los dos años siguientes, 2019 y 2020, la situación cambia en lo que respecta a los despidos colectivos, que aumentan espectacularmente respecto de la constante en años anteriores, aunque el predominio de lo individual/ plural sobre los despidos colectivos permite aventurar la hipótesis de que la restructuración de empresas que sigue el procedimiento de art, 51 como despido colectivo se residencia fundamentalmente en medias y grandes unidades productivas.

Año

Total trabajadores despedidos

Disciplinarios

Colectivos

Causas objetivas (plurales)

2019

474.936

148.622

38.469

260.562

2020

479.181

106.571

81.294

209.002

 

Lo que sin embargo sigue siendo una constante de estos dos últimos años es la ya conocida tendencia a la reducción de las cantidades por despido. En la tabla que se inserta a continuación, se puede apreciar la mayor cantidad asignada a las indemnizaciones en los despidos colectivos, pero a su vez resulta llamativo que con el incremento del número de trabajadores despedidos por esta vía, las indemnizaciones se hayan fuertemente reducido,  y se haya abaratado también fuertemente esta vía de rescisión de contratos. Sería interesante comprobar la incidencia en esta disminución la existencia o no de despidos con acuerdo con los representantes de los trabajadores.

Cantidad media indemnización despido

2019

2020

Despido disciplinario

8.534 €

9.307,5 €

Extinción c. objetivas y despidos “plurales”

8.019 €

7.840 €

Despidos colectivos

22.593 €

12.459 €

 

Lo cierto es que cada año la indemnización por despido disminuye y además existen diferencias importantes en orden a su efectividad que discriminan a las personas que pierden su empleo en función de la precariedad, con especial incidencia en los sujetos vulnerables que la pueblan. Para el año 2020, el último que analizan las estadísticas del MTES, la indemnización media de despido de un trabajador temporal a tiempo parcial era de 506,2 €, y la de un temporal a tiempo completo 1.267,9 €. La de una persona contratada por tiempo indefinido a tiempo parcial – fundamentalmente mujeres – 3.772 €, mientras que la de un indefinido a tiempo completo, 15.418 €.

Unos datos que si se cruzan con los que proporcionan las estadísticas judiciales, resultan también reveladores, aunque en estas como se ha dicho no aparecen las diferentes tipologías de despidos. En el año 2020, la cantidad media de despido obtenido por Sentencia fue la de 10.408,75 €, mientras que la cantidad media lograda en conciliación se reducía a 9.149,20 €. En el año 2021, la cantidad media obtenida por sentencia en los procesos de despido era prácticamente la misma que el año anterior, 10.636 €, pero bajaba sensiblemente la lograda en conciliación, 7.913,5 €.

Es evidente que se trata de una materia que va a sufrir importantes cambios en el futuro inmediato, sin que eso quiera decir que se vaya a modificar el sistema impuesto en la reforma del 2012 en la medida en que éste coexiste con una nueva normativa que incide directamente sobre ésta. En efecto, la reforma puesta en marcha por el RD 32/2021 pretende “arrinconar” el despido mediante el ensanchamiento de la reducción de jornada o de la suspensión de contrato a través de los ERTE y del mecanismo RED, y esto ya no es una medida puramente coyuntural o fruto del derecho de la excepción que generó la crisis sanitaria y económica del COVID (o la que ahora inaugura la guerra de Ucrania). Aunque el sistema no llega a establecer de manera clara la idea del despido como ultima ratio, lo cierto es que, como ha señalado Jaime Cabeza en un artículo reciente (http://revistas.lis.ulusiada.pt/index.php/mrel/article/view/3034) este tema condiciona la libertad del empresario sobre la base de un interés público al mantenimiento del empleo.

Pero además, deberemos esperar a los datos que se ofrezcan en el 2022 como consecuencia de la incidencia del cambio en la contratación por obra del RDL 32/2021 que suprime el contrato de obra y servicio y somete a la contratación temporal a un estricto principio de causalidad sobre el monto de las indemnizaciones por despido. Si en el 2020, fueron 52.220 las personas despedidas con un contrato temporal a tiempo parcial – y una indemnización media de 506,5 € - y 89.774 las que tenían un contrato temporal a tiempo completo – con una indemnización media de 1.268 € - la restricción en la contratación y el trasvase a las figuras de fijo discontinuo – apenas 7.635 despedidos en ese año - o contratación por tiempo indefinida a tiempo parcial – 60.862, una cantidad análoga a la de los contratos temporales – supondría una mejora en su indemnización (la media es respectivamente de 4.439 € en el primer caso y 3.772 € en el segundo), cuando no su conversión en contratos por tiempo indefinido a jornada completa, que configuran el coste indemnizatorio medio más alto, 15.418 €. Es decir, que la reforma de la contratación temporal debería repercutir en una mejora de la indemnización por despido, como se puso de manifiesto en el debate sobre este punto con ocasión de la convalidación del RDL 32/2021.

En segundo término, lo que también se desprende de estos datos es la insatisfacción ante el módulo que mide la indemnización por despido improcedente o despido procedente por causas objetivas o ETOP, fijado en función a la antigüedad en la empresa, una insatisfacción que se torna en clara muestra de tratamiento discriminatorio respecto de la rescisión de contratos temporales con cantidades insignificantes para la cuenta de resultados de una empresa que no garantizan la prescripción de la Carta Social Europea de que la adecuada reparación ante el despido ilegítimo.

Por último, el dato cuantitativo total. Si se recuerda que durante el año 2021 las empresas grandes y pequeñas de nuestro país han invertido en indemnizaciones de despido más de novecientos millones de euros – concretamente  914.812.377,90 € – de los cuales más de quinientos millones lo han sido en conciliación y mutuo acuerdo y menos de cuatrocientos han sido fijados por sentencia, puede pensarse que se trata de una cantidad impresionante, pero se debe comparar esa cifra con lo que supone el coste laboral medio de una persona en ese mismo período de 2021: un coste por trabajador y mes que incluye remuneraciones y cotizaciones sociales durante ese mismo año y que se sitúa en 2.874,61 euros. ¿Qué supone entonces en esas coordenadas, las indemnizaciones medias por despido que se han ido anotando con anterioridad y que en el caso de los contratos temporales, son inferiores a lo que cuesta un trabajador de media al mes en nuestro país?



[2] Esta estadística se elabora a partir de los datos que suministra la Seguridad Social en su Fichero de Afiliación de la Tesorería General de la Seguridad Social de donde se obtienen las causas de baja como aproximación al fenómeno de los despidos y otras variables relacionadas con esta.  https://www.mites.gob.es/es/estadisticas/condiciones_trabajo_relac_laborales/dec/index.htm


viernes, 5 de agosto de 2022

DISFRUTANDO EL VERANO

 





La amable audiencia del blog ya habrá comprendido que comienzan las vacaciones también para el titular del blog. Un verano excepcionalmente duro, con subidas escandalosas de temperaturas, de las que se libran el norte peninsular y las islas Canarias. En este período estival, no cesan las noticias que alimentan las mañanas del veraneante y también sus preocupaciones, conectándole a su pesar con los problemas que desearía poner en sordina durante el mes de descanso anual obligatorio.

Lectura de datos

Entre la turbamulta informativa, hay noticias satisfactorias para el laboralista y lógicamente son éstas las que hacen que funcione un mecanismo de selección positiva. Se desprende claramente de los datos estadísticos que se hacen públicos y cuya valoración en la esfera política electoral cada día es más irrelevante para comprenderlos en su verdadero significado. La evidencia es indiscutible. En solo cuatro meses de aplicación de la reforma laboral a través del RDL 32/2021, está variando la composición de la fuerza de trabajo en nuestro país, donde la tasa de temporalidad está disminuyendo de forma acelerada. Este cambio estructural se puede apreciar en que el número total de contratos registrados durante el mes de julio ha sido de 1.665.515, de los que un 41,44% son de carácter indefinido, afianzando así la pauta ya observada en meses precedentes. En términos acumulados, los contratos indefinidos celebrados a tiempo completo en los primeros siete meses del año han alcanzado un total de 1.608.898, lo que supone un aumento de 909.417 (130,01%) con respecto al mismo periodo de 2021. Un dato que se debe leer junto con los resultados del segundo trimestre de la EPA, en los que se aprecia la caída de contratos temporales (-241.300), algo inédito en España en épocas de crecimiento económico, y como resultado de esta tendencia, la tasa de temporalidad baja al 22.3%. Desagregando por edad, el 42% del total de contratos indefinidos firmados el mes de julio han sido por menores de 30 años.

Debates y devotos

Los datos de julio sobre el empleo y el crecimiento del desempleo al subir en 3.230 personas y situarse en términos absolutos en 2.883.812 personas, la cifra más baja registrada en un mes de julio desde 2008 han borrado los magníficos resultados de la EPA del segundo semestre, lo que ha animado a la ya esperada irrupción de los exponentes de la derecha advirtiendo del inminente Armageddon que caracterizará la labor del gobierno en el hundimiento irreversible de la economía y del empleo por lo demás proclamada desde hace meses. Debates con devotos del neoliberalismo desmentidos por la realidad que además ha posibilitado un muy simpático cruce de mensajes entre el ministro Escrivá y un economista despechado y al parecer muy seguido en los medios en los que aquél explica que éste no sabe leer correctamente las explicaciones de los diagramas estadísticos. El debate no funciona con los devotos del dogma liberal, que sin embargo (o mejor, justo por ello) reproduce insistentemente la gran prensa empotrada en el poder económico marcando los temas y los ritmos de las informaciones también en la Televisión pública. Previsions y realidades que no evitan la preocupación por el futuro inmediato puesto que la inflación y las consecuencias de la guerra en Ucrania marcan un escenario incierto y complicado, y el devenir de los acontecimientos no permite ser extremadamente optimistas.

Proyectos muy acabados para el otoño

El impulso constante hacia la remodelación del marco normativo laboral no se agota en una promesa de un nuevo Estatuto del trabajo, como la que realizó la Ministra de Trabajo y Economía social, Yolanda Diaz, el primero de mayo pasado. Se anuncian proyectos muy acabados que los interlocutores sociales tendrán que debatir en el próximo otoño, que irán consolidando nuevas modificaciones normativas en sectores que revisten una importancia simbólica muy clara. El primero de ellos es el llamado Estatuto del becario, que atiende a  la formación práctica tutorizada en empresas u organismos equiparados, así como la actividad formativa desarrollada en el marco de las practicas curriculares o extracurriculares previstas en los estudios oficiales y que ha constituido clásicamente un territorio abierto al trabajo prácticamente gratuito, sin protección social, del que han hecho uso y abuso tanto empresas privadas como entidades públicas, en especial las universidades. Evitar que con falsos becarios se cubran actividades permanentes de estas entidades es el objetivo central de la norma proyectada, que puede que sea acordada exclusivamente con los sindicatos, sin el aval de la CEOE-CEPYME.

El segundo tema que debe abordarse necesariamente tras la Sentencia del Tribunal de Justicia qe exigió la equiparación de derechos entre las empleadas de hogar y el resto de las personas trabajadoras, es la proyectada nueva regulación de la relación de trabajo al servicio del hogar familiar, que debe incluir, como elemento más llamativo, el reconocimiento de la prestación por desempleo de estas trabajadoras. No es un terreno fácil para el acuerdo, en esta ocasión no tanto ni tan solo respecto de la interlocución con la representación de los empresarios, sino en el propio interior del Gobierno y de las distintas sensibilidades que conviven en su interior, algunas de ellas muy reticentes a ampliar el gasto social que esta prestación implica.

Frustraciones y tentativas

Otros intentos de regulación parecen más lejanos. Es el caso del anteproyecto de ley sobre diligencia debida de las empresas transnacionales que fijara la responsabilidad de éstas ante la violación de derechos humanos en los lugares en los que se implanten, sobre la que un reciente artículo de Adoración Guamán llamaba la atención, señalando su importancia y la necesidad de su tramitación (https://blogs.publico.es/otrasmiradas/62442/frente-a-la-irresponsabilidad-razones-para-aprobar-una-ley-de-derechos-humanos-empresas-y-diligencia-debida/) pero que el cambio producido en el Ministerio de Derechos Sociales en la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 puede que condene a la frustración. Otros proyectos parecen mejor orientados, como a ley de formación o la ley de empleo, pero siempre se requeire más tiempo para proceder a consolidar una arquitectura normativa completa.

Y, de manera más general, la necesidad de abordar una reforma en profundidad del sistema fiscal que elimine la enorme disparidad entre particulares y empresas, y la práctica irresponsabilidad fiscal de las sociedades, cuyo impuesto requiere una urgente revisión que mejore su capacidad recaudatoria. No hay más que tener en cuenta que desde la crisis de 2008 el impuesto de sociedades ha perdido un 40% de recaudación, un hecho significativo y gravísimo. A cambio parece que si puede salir adelante el impuesto específico a las empresas energéticas y a la banca por los beneficios extraordinarios obtenidos en esta época de crisis acentuada por la guerra de Ucrania. Las palabras de Antonio Guterres, secretario general de la ONU, son extraordinariamente efectivas:  “Los beneficios combinados de las mayores empresas energéticas en el primer trimestre de este año se acercan a los 100.000 millones de dólares. Esta grotesca avaricia de la industria de los combustibles fósiles y sus financiadores está castigando a los más pobres y vulnerables, mientras destruye nuestro único hogar”. Y añade: “Es inmoral que las empresas petroleras y de gas obtengan beneficios récord de la actual crisis energética a costa de los más pobres, con un coste enorme para el clima. Insto a todos los gobiernos a que graven estos beneficios excesivos y utilicen los fondos para apoyar a las personas más vulnerables”. Una cita de autoridad que es ciertamente irrebatible.

Salarios o conflicto y la inflación, un terreno problemático en entredicho.

Mientras tanto, la inflación sigue castigando la capacidad adquisitiva de la ciudadanía, y los salarios ven reducido su poder de compra, devaluándose cada mes. Se traslada ahora la disputa al terreno de la negociación colectiva, sin que se haya conseguido un acuerdo interprofesional que diera un enfoque general a los procesos de negociación sobre la base de las cláusulas de revisión salarial. CCOO y UGT han elaborado un buen eslogan, salarios o conflicto, que se está materializando en huelgas y movilizaciones en el marco de la negociación de convenios colectivos, en general con resultados exitosos. Pero queda aun una gran parte de convenios colectivos sin resolver, y en este asunto es clave la participación de los delegados y representantes de los trabajadores en las empresas como condición necesaria de materialización de esta lucha sindical por un salario que resista a la erosión inflacionista. El salario vuelve por tanto a la primera plana de la reivindicación sindical, y en el otoño de manera paralela se deberá iniciar las consultas sobre el aumento del salario mínimo con la vista puesta en la próxima aprobación de la directiva europea sobre salarios mínimos adecuados y el refuerzo de la negociación colectiva.

Disfruta el verano, el otoño acecha

No todo se dilucida dentro de nuestras fronteras. El panorama internacional en el que nos movemos es cada vez más intrincado, y la autonomía estratégica de la Unión Europea aparece cada vez más reducida frente a la imposición plena del programa que lleva a cabo la presidencia Biden en este dominio. Un muy reciente artículo de Pablo Bustinduy es esclarecedor al respecto y conviene leerlo para comprender la magnitud del problema: https://blogs.publico.es/dominiopublico/47267/por-que-es-tan-peligroso-el-viaje-de-nancy-pelosi-a-taiwan/

Aunque no seamos muy conscientes, las consecuencias de la guerra de Ucrania sobre Europa se harán especialmente notar al terminar el verano. La inestabilidad política en Italia, que se resolverá en septiembre, es otro motivo de preocupación en el contexto general cada vez más complicado que puede restar a la Europa del sur un protagonista decisivo.

Asi que como es natural, Europa y la guerra como problemas acuciantes. Una situación inestable. Pero mientras tanto, no miremos arriba. Disfrutemos del verano y cultivemos nuestro jardín. Nos lo tenemos merecido.