viernes, 5 de mayo de 2017

DEL PILAR EUROPEO DE DERECHOS SOCIALES A LAS EMPRESAS MULTISERVICIOS


El Derecho del trabajo es una materia que ofrece una extraordinaria cantidad de facetas y que demuestra a cada paso su enorme actualidad. No siempre por buenas razones. En estos meses se cumplen cinco años de la reforma laboral del 2012, posiblemente el ataque más profundo que desde la democracia se haya hecho a los derechos laborales. Las consecuencias están a la vista, una muy consistente parte de la población en desempleo, un incremento del trabajo inestable y precario, temporal y a tiempo parcial, la extensión de amplios sectores de la población activa en un trabajo no declarado, y una muy fuerte devaluación salarial generalizada. Las consecuencias sobre el sistema de seguridad social son también conocidas. Cinco años por tanto sin que los sucesivos encuentros electorales del 2015 y del 2016 hayan podido concluir en el cambio político que la mayoría de la ciudadanía deseaba, lo que ha impedido la modificación de la reforma laboral y por el contrario su larga vigencia más allá de lo razonable.

Este marco legal es extremadamente desfavorable para los sindicatos y los trabajadores y trabajadoras de nuestro país. Asomados al espacio de la negociación colectiva achicada y constreñida por los preceptos legales que la invaden y la restringen, el sindicalismo confederal pretende en este año desplegar una estrategia de presión sobre los salarios, sin olvidar la lucha por el trabajo de calidad y la reabsorción de diversas categorías de trabajo precario o no declarado en los moldes del trabajo típico con derechos. Los servicios jurídicos de los sindicatos persisten en una acción jurídica cada vez más complicada en donde el ciclo de interpretación judicial más garantista, que actuó como límite de los propósitos normativos más desreguladores – en materia de despidos colectivos o en materia de ultra actividad- está volviendo a reorientarse con cierta prudencia, no obstante, hacia una línea flexibilizadora y reductora de los derechos laborales, especialmente en lo que se refiere a la jurisprudencia de la sala de lo social del Tribunal Supremo. Acudir al recurso de amparo es altamente desaconsejable dada la composición y la doctrina que el Tribunal Constitucional mantienen actualmente, y en el Parlamento, como ya se ha tenido ocasión de comentar en este blog, la representación del trabajo no encuentra un lugar de relieve en las preocupaciones estratégicas del debate institucional, donde hasta el momento reivindicaciones esgrimidas durante las campañas electorales han caído en el vacío sobre la base de preservar la gobernabilidad del sistema.

En este panorama, la producción teórica que se plasma en las revistas jurídicas refleja esta situación a través del análisis de una larga serie de materias sobre las que actúa el análisis y la crítica. Sería muy interesante efectuar un tratamiento comparado de los contenidos de las diferentes revistas españolas dedicadas al derecho del trabajo y al derecho social, para poder derivar del mismo un elenco de temas que interesan a los editores y a sus suscriptores y que por lo mismo puedan significar el tipo de enfoque que estas revistas ofrecen al universo cultural de los juristas del trabajo, estudiosos en general e interesados, en especial a sindicalistas o empresarios como elementos típicos de referencia. No obstante, esta comparación está por el momento fuera del alcance de este blog. Hay sin embargo algunos ejemplos interesantes que se han ido haciendo en el espacio de las revistas de derecho del trabajo pertenecientes al club “Asociación Internacional de Revistas de Derecho del Trabajo” (IALLJ), y que se han ido publicando al alimón en Lavoro e Diritto en italiano y en la versión digital en inglés de la Revue de Droit Comparé du Travail et de la  Securité Sociale, y el resultado es extremadamente sugerente.

Viene esto a cuento del último número de la Revista de Derecho Social, el 77, que corresponde al primer trimestre del 2017. Es un número en el que la actualidad laboral y el interés que esta tiene desborda los contenidos del fascículo. Basta con enunciarlos para verificar tal afirmación.

En efecto, el número inicia con un texto precioso y excepcional. La intervención de Almudena Grandes al serle concedido el premio “Abogados de Atocha” que instituye CCOO de Castilla La Mancha, y que se entregó en Toledo el 2 de marzo de este mismo año. Es una intervención bellísima que la autora entregó a RDS para su publicación en exclusiva y que supone una apertura extraordinaria de este volumen. El Editorial de la Revista está dedicado en esta ocasión a las empresas multiservicios, definidas apropiadamente como un espacio de desprotección, del que se resaltan los elementos negativos, exigiendo una regulación adecuada de estas formas organizativas que no deben servir para eludir la tutela legal y colectiva. en relación con este tema, se recogen en el espacio de debate dos interesantes contribuciones. Una es la de Amparo Esteve-Segarra, que analiza el problema de las empresas de leasing de personal y la precariedad a la que éstas inducen, con una propuesta interpretativa respecto de la desvinculación entre la contrata y la contratación temporal de obra y servicio, junto con otras interesantes ideas para su plasmación en la negociación colectiva y de lege ferenda. La otra, cuya autoría es de Daniel Toscani y de Héctor Clark , examina el caso particular de la externalización de las camareras de piso – las conocidas como kellys – que califican como actividades entre la cesión ilegal y el fraude de ley.

Pero si la crítica a la precariedad laboral generada por las empresas multiservicios constituye el eje central del número, en la sección de Estudios se pueden encontrar otros temas de gran relevancia. El primero de ellos, que aborda la catedrática de la Universidad de La Laguna Margarita Ramos, es una reflexión sobre el Pilar Europeo de Derechos Sociales y la necesidad de una nueva dimensión europea como reacción frente a la erosión profunda que las políticas de austeridad han ido generando en la propia idea de Europa. Esta intervención es fruto de un seminario de estudios que se realizó en Albacete, el 24 de febrero, en donde se debatió asimismo el documento que había preparado un grupo de estudio dirigido por la profesora Ramos como texto sometido al proceso de consulta que la Unión Europea había abierto al respecto ( y cuya noticia puede consultarse en este enlace del blog Grupo de expertos español sobre el Pilar Social Europeo). El resultado de este proceso por el momento es bien decepcionante, ante el texto que ha presentado la Comisión como recomendación aprobada el 26 de abril de este año ( y que puede encontrarse en este enlace Resolucion de la Comision sobre el Pilar social ), pero en el artículo de Margarita Ramos el tema queda presentado de forma impecable y denota la necesidad de un paso adelante en esta materia como elemento de relegitimación de la propia Unión Europea.

El apartado de estudios acumula cuatro trabajos además del ya referido sobre el pilar social. En el primero, Antonio Baylos, aprovechando una intervención en el seminario realizado en Bolonia para conmemorar los treinta años de la Revista Lavoro e Diritto, pasa revista a las tendencias presentes en la jurisprudencia ordinaria de la sala de lo social del Tribunal Supremo desde 1986 hasta 2016. Es un texto necesariamente descriptivo que sin embargo tiene la ventaja de ofrecer una visión de conjunto sobre el rol desempeñado por el Tribunal Supremo en el largo proceso de construcción del Derecho del Trabajo en esas tres décadas, y en especial los últimos años marcados por la presencia de la crisis económica y las reformas laborales de las políticas de “austeridad”. Los otros tres estudios abordan sin embargo regulaciones específicas de algunas instituciones importantes. Así, sobre la garantía juvenil puesta en práctica por el RDL 6/2016 de 23 de diciembre,  a cuyo examen se dedican concienzudamente Maria José Romero y Juan Luis García Ríos, o la denuncia de la regulación deficiente que tienen los derechos de las empleadas de hogar y la exigencia de una reforma jurídica para la dignificación del trabajo doméstico, que lleva a cabo el profesor de la Universidad Internacional de la Rioja Guillermo García González, o en fin, la consideración crítica de la figura de los falsos autónomos en el contrato de franquicia, con indicación de algunos indicios de laboralidad que deberían ser observados, obra del profesor de la Universidad de Valencia Adrián Todolí.

Como normalmente sucede en la Revista de Derecho Social, en los comentarios de jurisprudencia se insertan asimismo temas de enorme interés. Especialmente original es el que se contiene en el apartado de los tribunales europeos, en donde el catedrático de derecho eclesiástico de la Universidad Pablo de Olavide, Jose Mª Contreras, examina el análisis que está pendiente ante el TJUE de la cuestión del velo islámico a partir de dos conclusiones emitidas por los respectivos abogados generales que sin embargo presentan fundamentaciones diferentes. Ni que decir tiene que se trata de un tema de gran actualidad y la forma de abordarla, resulta muy original.

Siempre desde el punto de vista de los derechos fundamentales, el comentario a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional corre a cargo de Joaquín Pérez Rey, profesor toledano bien conocido por los lectores de este blog, que comenta y critica la STC 17/2017 que establece la licitud desde el punto de vista constitucional del llamado esquirolaje tecnológico, contrariando la doctrina al respecto que había establecido la sala cuarta del Tribunal Supremo. A este sentencia nos hemos referido en este blog recientemente en este enlace Derecho de huelga vs. Derecho al trabajo, remitiéndonos al comentario de Pérez Rey, cuyo título es suficientemente expresivo: “El Tribunal Constitucional ante el esquirolaje tecnológico: que la huelga no impida ver el fútbol”.

En el mismo vector de cuestionamientos, el magistrado del TSJ de Catalunya Carlos Hugo Preciado Domenech se interroga sobre la concordancia de la doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional español con la jurisprudencia del TEDH y en general el derecho de la Unión Europea en materia de videovigilancia en el trabajo en relación con el derecho a la protección de datos de carácter personal. Un tema también interesantísimo que ha motivado por cierto un seminario muy reciente en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de Ciudad Real al que también se ha hecho referencia en esta bitácora aquí Derecho a la intimidad y relaciones laborales

Por último, Enrique Lillo, como abogado de los trabajadores de Coca Cola, explica en un texto imprescindible las últimas derivaciones de la jurisprudencia de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo sobre le ejecución de sentencias del despido nulo de los 300 de Fuenlabrada. El título de su artículo es bien significativo asimismo: “Ejecución de sentencias laborales y autoritarismo empresarial”, y su lectura permite entender perfectamente el conflicto de intereses en juego, y la crítica bien razonable a las decisiones de la AN y del TS en este tema. Aunque todavía la litigiosidad judicial está abierta y quedan elementos importantes por resolver.

Un elenco de temas y de contenidos por tanto francamente apetecibles, que conectan con lo que se viene a llamar con un cierto pedantismo “derecho vivo del trabajo”, y que expresa el compromiso de la Revista de Derecho Social por ofrecer un conglomerado de trabajos que se interroguen críticamente sobre la realidad laboral y que permitan dar elementos de respuesta y de análisis a los estudiosos y a los operadores jurídicos en las materias relativas al derecho del trabajo y al derecho de la seguridad social.

El número 77 contiene además los resúmenes acostumbrados de sentencias del TC y del TS que se resumen y anotan, aunque ha dejado de presentar el CD que acompañaba a cada número con una selección de jurisprudencia ante la nueva regulación de ésta por el CENDOJ. Finalmente, la sección de reseña de libros incorpora un comentario del libro del profesor de la UCLM Antonio García Muñoz sobre la negociación colectiva europea de sector – libro al que se ha aludido en este enlace La negociacion colectiva europea de sentor , otro sobre el libro escrito por Antonio Baylos y Juan Moreno que lleva por título “Comisiones Obreras, paso a paso”, que también se ha comentado en el blog aquí CCOO paso a paso, y, finalmente, la nueva propuesta de Código del Trabajo francés que han diseñado un grupo de investigación de 20 profesores franceses, y que fue presentado en un seminario celebrado en Paris, del que se puede seguir las trazas en este enlace  El debate sobre un nuevo código de Trabajo en Francia


Un conjunto de textos, como ya se ha advertido, de gran interés y cuyo estudio resultará bien provechoso a todos y a todas quienes, tanto desde el trabajo teórico universitario  como desde la acción jurídica sindical o desde la labor profesional, pretendan estar al día y conocer materias centrales del estudio de nuestro sistema jurídico laboral y obtener elementos de análisis crítico y propuestas interpretativas que cuestionen el estado de cosas existente.

martes, 2 de mayo de 2017

UN DEBATE PARLAMENTARIO COMO MOCIÓN DE CENSURA


Sorprende la cantidad de interpretaciones y comentarios que ha suscitado el anuncio por parte de la dirección de Podemos y las confluencias de una moción de censura en el Parlamento. Las críticas han sido especialmente ácidas, insistiendo en que tal iniciativa “no es seria”, además de alinearla discrecionalmente bien como una ayuda al gobierno de Rajoy, bien como forma de romper el frente democrático contra la corrupción que representaban PSOE y Ciudadanos. Esta es la tesis que sostenía la muy comentada portada de El Pais, pero su intencionalidad ha sido recogida en lo esencial por esos mismos actores políticos. Otras voces, más afinadas, plantean dudas sobre el método y la forma de presentar esta iniciativa, sobre la interpretación que lamentablemente puede darse a la misma, y otros en fin comparan esta propuesta con el debate de la legislatura fallida en la que Sánchez no obtuvo los votos de Podemos y las confluencias en su pretensión de ser presidente del gobierno. A continuación se desgranan algunas consideraciones sobre este tema. (En la foto, cuatro representantes de los nobles oficios de Parapanda en la librería Anselmo Lorenzo de la capital debaten sobre este asunto mientras esperan que el librero les haga llegar un ejemplar de No tengáis miedo de lo nuevo, el inminente best seller de J.L. López Bulla y J. Tébar)

Ante todo la situación en la que nos encontramos. Los últimos acontecimientos – la operación Lezo – no sólo ha puesto de manifiesto ante la ciudadanía que en Madrid ha habido “todo un gobierno de la ciudad y el PP sostenido por una organización criminal”, como ha sintetizado acertadamente Manuela Carmena,  y que algunas empresas públicas como el Canal de Isabel II eran utilizadas como un cajero automático por el PP,  sino que además se ha hecho público un entramado de intereses y de presiones que involucran a miembros relevantes del gobierno de la nación – nada menos que al Ministro de justicia y al secretario de estado de interior – y del poder judicial, en especial al titular de la fiscalía anticorrupción. Gobierno y poder judicial se blindan ante cualquier participación o debate de partidos políticos y desde luego de la ciudadanía en general, que cuestionen directamente este tipo de relaciones viscosas, sobre la base de la negativa o de la remisión al procedimiento judicial en curso.

A su vez, los mecanismos ordinarios del control parlamentario, son notoriamente insuficientes. No sólo porque el reglamento de las Cortes y la propia actuación de los grupos parlamentarios cortocircuiten personaciones de relieve, como la del presidente del gobierno. En efecto, el intento de que Rajoy compareciera en un pleno del Congreso dedicado monográficamente a las últimas manifestaciones de la corrupción ha sido expresamente rechazada con el apoyo del bloque autodefinido como “institucional” del PP, PSOE y C’s, que prefieren derivar el tema al estudio de una comisión de investigación cuyo contenido y funciones se está negociando. Cuando se ha podido ver el resultado de la comparecencia del secretario de estado de interior, Jose Antonio Nieto, se ha comprobado el extraño sentido que para este miembro de gobierno tiene una comparecencia ante el Parlamento, donde se permitió atacar a los diputados que le preguntaban sobre el tema de la conversación y los acuerdos a que llegó con uno de los relevantes dirigentes de la trama criminal, sobre la base de desacreditar sus ideas políticas.

En la normalidad parlamentaria, por otra parte, desde la formación del gobierno del PP con el apoyo de C’s y la abstención del PSOE, hay una práctica convergencia en torno a un bloque central entre estos tres partidos que marcan el ritmo de los debates y el contenido de los mismos, expulsando de cualquier espacio de encuentro al grupo de Podemos y las confluencias de Galicia, Valencia y Catalunya. Es decir que el aislamiento parlamentario de las nuevas izquierdas es muy evidente, y su posible visibilidad se deriva necesariamente hacia las intervenciones de sus portavoces en el pleno del congreso, que es cuando pueden tener más receptividad social. La labor de producción de normas, al margen de las proposiciones no de ley, están severamente cuestionadas por los preceptos que posibilitan el veto del gobierno a la iniciativa legislativa del parlamento. El art. 134.6 de la Constitución establece que “toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación”, y sobre esta base, desarrollada reglamentariamente de manera muy amplia, el gobierno ha ejercido su derecho de veto sobre las propuestas aprobadas en la cámara. En abril de 2017, siete meses después de su toma de posesión, son ya 28 las proposiciones de ley vetadas. La Mesa del congreso, donde el PP no tiene mayoría, sólo ha dado vía libre a sendas proposiciones de ley del PSOE para paralizar la Ley de Mejora de la Calidad de la Enseñanza (LOMCE) y para equiparar las condiciones laborales de los trabajadores de subcontratas, pero en estos casos el Gobierno ha impugnado estas decisiones del Congreso como conflicto de competencias ante el Tribunal constitucional, que será quien decida si el Parlamento tiene en nuestro país el derecho de legislar o si esta iniciativa está supeditada a la autorización del Gobierno.

Quiere esto decir que en la nueva legislatura, el rol de Podemos en el Parlamento es extremadamente reducido, lo que explica en parte la insistencia de este partido en golpes de efecto que le permitan ganar presencia mediática y participar de esta forma en la creación de opinión pública. Aunque el resultado en términos de eficacia y de ampliar consensos sea dudoso.

Es en ese contexto en el que se comprende la presentación de una moción de censura. En el sistema parlamentario español, se requiere para ello contar tan sólo con un 10% de los diputados, aunque obsesionado el constituyente con el ejemplo italiano que se entendía “disfuncional” a un diseño político organizado desde el gobierno con un parlamentarismo de control, pero no directivo de la acción del mismo, se optó por la llamada “moción de censura constructiva” que requiere presentar un candidato a presidente de gobierno y obtener la mayoría de los votos de los diputados del Congreso. La moción de censura se ha contemplado por tanto hasta la actualidad en el contexto del bipartidismo corregido que ha caracterizado al sistema español – al punto que ningún grupo de ámbito estatal podía reunir el 10% de diputados requerido – y todavía hoy muchos de los comentarios que se pueden leer parten, implícitamente, de esta contemplación.

El debate al que obliga la moción de censura abre por consiguiente un espacio de discusión que el Parlamento ha querido reducir y amortiguar sus efectos. Lo importante de esta iniciativa no es que culmine con el éxito de su pretensión, la censura del gobierno y su sustitución por el que liderara el candidato propuesto por Podemos, sino poder forzar un cuestionamiento público, que naturalmente acaparará la atención de los medios, del gobierno y de la actuación de mismo en relación con el fenómeno de la corrupción como un método de financiación y de gobernanza de partes importantes del sistema, junto con la propuesta de medidas de resaneamiento y de regeneración y participación democrática.

Este es por otra parte el valor que desde el sindicalismo confederal se ha dado a esta iniciativa. En opinión de Ignacio F. Toxo, la moción de censura es un instrumentoperfectamente válido, como podría haber sido otro para llevar al Parlamento un debate que está en la sociedad en clave de alarma”. En efecto, la situación de la corrupción debe ser abordada en el Parlamento con seriedad – no a través de una Comisión de investigación opaca – y esta es también la opinión de Pepe Álvarez, porque “de una manera u otra” este debate debe llevarse a cabo. Pero la consulta de Podemos a los sindicatos y a algunas otras instancias de relieve, no sólo busca una legitimación social que en el Parlamento ve negada por el rechazo casi instantáneo de su propuesta por parte de PSOE y de C’s, sino la posibilidad de abrir el debate – la censura – a otros aspectos que siguen siendo fundamentales aunque no se consideren en el centro de la atención pública.

Se trata de una oportunidad para volver a recuperar las propuestas de cambio que se habían ido enunciando durante los períodos electorales de diciembre de 2015 y junio de 2016 y han caído en el olvido inexplicablemente. Temas como la derogación de la Ley mordaza, la derogación del art. 315.3 del Código Penal, la necesidad de una reformulación enérgica del sistema jurídico laboral tras el ciclo de retrocesos sociales del 2010-2015, y otras reivindicaciones que deben ser esgrimidas como motivos de cuestionamiento al gobierno, aunque en realidad lo sean también a todo el sistema de partidos que ha dado la espalda a un momento de cambio importante. Es una constatación que se hace desde el sindicalismo de forma muy clara: “La oposición tiene que tener una posición mucho más firme en aquellos elementos relevantes para la vida de la ciudadanía”, - ha declarado Ignacio F. Toxo - porque “una acción parlamentaria mucho más firme doblaría la voluntad de un Gobierno que se ha instalado en la austeridad”.

Este es pues el objetivo. Un debate político extenso que se aproveche de este mecanismo, la mocíón de censura, y le de otro significado en un momento histórico en el que el bipartidismo está cuarteado y el gobierno del PP carece de mayoría absoluta. La iniciativa ha molestado a C’s porque para este partido pone en peligro la estabilidad del gobierno que es, en su opinión, el elemento central de la recuperación económica, pero su electorado es especialmente sensible al tema de la corrupción. Y al PSOE fundamentalmente, que vive esta iniciativa como un ataque dirigido al proceso de definición y de liderazgo en el que está inmerso. Sin embargo, es posible que el PSOE aproveche también este espacio de debate para poder presentar ante la opinión pública sus alternativas de gobierno y la crítica a la actuación del que soportamos, remarcando con fuerza su posición claramente contraria a la corrupción como fórmula de financiación de los partidos políticos y de regir las relaciones con el ejecutivo y el judicial, en un intento de impedir el funcionamiento de los mecanismos preventivos y represivos de la actuación criminal de las personas interesadas.

En la medida en que todas las fuerzas políticas desvinculen el debate de su resultado, se puede buscar seguramente elementos comunes que garanticen una cierta inmunización del sistema judicial frente a las presiones partidistas que encubren tratos de favor evidentes y obstaculizan la respuesta del sistema, además de otro tipo de compromisos que pueden resultar beneficiosos desde el punto de vista del ecosistema político. Pero también es el momento de volver a debatir sobre opciones de gobierno reales, sobre la necesidad de replantearse cambios legislativos, revisar la asfixia programada de los ayuntamientos delas candidaturas ciudadanas sobre la base de las exigencias del capital financiero, repensar la capacidad de actuación en la estabilidad monetaria europea con políticas sociales, formar parte de un amplio movimiento por la democratización de Europa.


Esperemos por tanto como se desarrollan los acontecimientos. Mientras tanto, hay que valorar positivamente la propuesta de lanzar una moción de censura como forma de abrir un debate político sobre la corrupción y las formas de gobierno.

lunes, 1 de mayo de 2017

EL PRIMERO DE MAYO COMO FECHA INTERNACIONALISTA



Es una fecha para reclamar la presencia de la clase trabajadora en el corazón de las sociedades. Su historia se liga con las luchas y las conquistas obreras. Hoy es un momento que protagonizan los sindicatos, que salen a la calle con sus banderas y sus canciones para recordar que la riqueza del mundo la crea el trabajo, aunque no en todas estas manifestaciones se recuerde también que se la apropia el capital. La Confederación Sindical Internacional ha declarado, ante este 1º de mayo, que “los logros de generaciones de trabajadores y trabajadoras, que se celebran en este día, están sometidos a ataques continuos y sistemáticos, dado que las poderosas multinacionales y un puñado de personas inmensamente ricas son quienes establecen las reglas de la economía mundial”.

Esta Confederación ha presentado un panorama global desolador: “Decenas de millones de mujeres y hombres están sometidos a condiciones de esclavitud moderna, y muchos más constituyen la mano de obra oculta de las cadenas de suministro, se les deniega el derecho a establecer sindicatos o a recibir un salario mínimo vital, y a menudo están sometidos a condiciones de trabajo peligrosas y denigrantes. El 40% de la mano de obra mundial está atrapada en la economía mundial, sin disfrutar de derechos y llevando una existencia precaria. El venenoso dogma de la austeridad, diseñado para transferir aún mayores riquezas al 1%, afecta particularmente a las mujeres y frena cualquier perspectiva de progreso respecto a los grandes desafíos de nuestros tiempos”. Y ni siquiera una situación general de paz a nivel global está asegurada. En efecto – prosigue la CSI – “con más de mil millones de personas afectadas por la violencia o la inseguridad, y cientos de miles situados en primera línea de conflictos armados, la amenaza de nuevas guerras nunca es muy remota. No puede haber paz sin derechos humanos, y es la garantía de los derechos humanos, incluidos los derechos fundamentales de los trabajadores, lo que sienta las bases para la prosperidad y la paz.”

La situación a nivel global es ciertamente preocupante. El dominio pleno de la financiarización de la economía rompe las reglas democráticas país por país, región por región. Para el sindicalismo internacional, eso implica que “el sistema económico se ha roto, y las reglas deben revisarse, por y para la mayoría y no solo unos pocos”.

En América la situación política plantea una enorme confusión. No sólo por la presencia al frente de los USA de un neoliberalismo agresivo que refuerza el unilateralismo a nivel global de forma preocupante, sino por el ascenso de formas autoritarias en las relaciones políticas, sociales y, naturalmente, laborales, que cobran además carta de naturaleza en otros regímenes del continente. Las imposiciones financieras del pago de la deuda asfixian a las naciones, desde Puerto Rico y el Caribe hasta el sur. El caso más llamativo es el de Brasil, con un gobierno surgido de un golpe institucional que está procediendo a liquidar el patrimonio de derechos creados durante la democracia y ampliados bajo la presidencia de Lula y posteriormente de Dilma, y en donde se ha efectuado el 28 de abril una huelga general de enorme amplitud. Pero las tendencias presentes en Argentina, con el gobierno Macri, denotan una cierta convergencia de objetivos negativos para las clases trabajadoras. Sólo el desarrollo positivo que se está dando en Colombia como consecuencia del proceso de paz y la victoria de Lenin en Ecuador dan un contrapunto positivo a este escenario extraordinariamente preocupante. Pero en general se aprecia un “retorno a la agenda neoliberal” que implica  ataques muy incisivos a los derechos laborales, la protección social, los salarios y las garantías para la negociación colectiva, lo que ha acelerado los niveles de pobreza y exclusión en la región.

Y ante esta situación la Confederación Sindical de las Américas (CSA-CSI), “reivindica que la pauta de lucha de los sindicatos a nivel nacional debe incorporar, necesariamente, el enfrentamiento al neoliberalismo y sus instrumentos, los tratados de libre comercio e inversión y el papel de las empresas multinacionales, como beneficiarias de la agenda neoliberal. Igualmente la defensa de la democracia frente a la agresiva y conservadora agenda de los factores de poder, reivindicando la integración y la soberanía de nuestros pueblos como camino necesario a la construcción de una agenda alternativa con garantía de los derechos, democracia y sustentabilidad social y ambiental”, y prepara una “Jornada Continental por la Democracia y Contra el Neoliberalismo” junto a sus organizaciones afiliadas y los movimientos sociales aliados, “para enfrentar en unidad y movilización de los pueblos a quienes son los principales beneficiarios de la agenda conservadora y neoliberal”.

En Europa, la Confederación Europea de Sindicatos (CES) convoca a las manifestaciones del 1º de mayo en el marco de dos de sus campañas centrales, la del aumento salarial generalizado en Europa, con la propuesta de un salario mínimo europeo, y la de desarrollar el pilar social europeo en un sentido amplio y desarrollado. El sindicalismo europeo entiende que hay que dar comienzo a un cambio de ciclo en las reivindicaciones desarrolladas en cada país sobre la base de que las políticas de austeridad deben darse por terminadas, y por tanto comenzar un camino de recuperación de condiciones de trabajo, comenzando por los salarios como primera exigencia.

En el sindicalismo europeo sin embargo, las diferentes situaciones de partida se materializan en prioridades diferentes. No es lo mismo el sindicalismo de los países endeudados, afectados de manera brutal por las políticas de austeridad, que la problemática acuciante del Brexit para los sindicatos británicos, o la relación directa entre los escenarios políticos que se sustancian en este año en importantes países europeos, en especial en Alemania. Además, la división sindical sigue siendo en algunas naciones, como señaladamente en Francia, un elemento negativo para las reivindicaciones sindicales.

En España, el sindicalismo confederal ha podido organizar 73 manifestaciones en todo el país, lo que implica una amplia capacidad de inserción en el tejido social y una presencia colectiva extremadamente bien arraigada. Los objetivos del primero de mayo no dejan de lado los espacios de negociación con el poder público, en especial en materia de protección social, pero están principalmente dirigidos a la CEOE-CEPYME en la línea ya señalada por la CES de un cambio de tendencia respecto de la devaluación salarial y la degradación de las condiciones de trabajo y de empleo de estos últimos años.  Tarea no ha de faltar, y la proximidad del Congreso de CCOO en junio de este año seguramente dará más pistas sobre la presión que ha de llevar consigo en los lugares de trabajo y en las calles una estrategia de movilización en este sentido.


Mañana veremos en los diarios las imágenes de estas movilizaciones a lo largo de todo el mundo, que darán sentido al carácter internacionalista de la fecha. Como resume la CSI, “durante 130 años, este día ha sido una ocasión para celebrar la solidaridad y rendir homenaje a todos aquellos que sacrificaron tanto en la causa por la justicia social. En 2017, el Primero de Mayo nos brinda una vez más la ocasión para demostrar la fuerza y la determinación de la clase trabajadora frente a la opresión, dar muestras de solidaridad dentro y fuera de las fronteras nacionales, y avanzar en la tarea de construir un mundo mejor”. Es un buen resumen plenamente asumible.