Se ofrece en este blog una versión del editorial del número 74 de la Revista de Derecho Social que corresponde al trimestre de verano y que comenzará a recibirse el lunes 4 de julio - fecha emblemática para los nacidos en ese día, como se sabe - en los domicilios de los y las suscriptoras. La foto que acompaña esta entrada está hecha en una Marcha anti OTAN a Torrejón de 1983, y muestra la imagen de un numeroso grupo de profesores de las universidades de Madrid, afiliados a CCOO que montaron un denominado Grupo Universitario Autónomo de Izquierda (GUAI), con el que firmaban pasquines y convocaban acciones de manera unitaria sin tener que encuadrarlas en el organigrama de las organizaciones "oficiales" a las que pertenecían. Todas y todos ellos eran todavía trabajadoras precarias y a tiempo determinado en sus respectivas universidades. Y sobre qué hacer con la temporalidad laboral discurre la nota que se presenta a continuación.
A juzgar por los resultados de las últimas elecciones del 26 de junio, se
diría que una parte de los votantes – casi 8 millones – juzgan que la situación
económica y social es buena, y que se ha efectuado frente a la crisis la
política correcta, que es además la única posible en el marco de la Unión
Europea. Esta apreciación resulta especialmente interesante respecto de la situación
en la que se encuentra el trabajo en la actualidad, con una tasa de desempleo
que no baja del 20% desde 2009, una importante rotación de empleos sobre la
base de la temporalidad, precariedad vital de importantes sectores de la
población tanto de jóvenes –la edad media de abandonar la casa familiar es la
de 34 años, más de 100.000 jóvenes cualificados han abandonado España en un año
– como de mujeres – el descenso de la tasa de natalidad, aumento de la brecha salarial de género, extensión
del trabajo de cuidados ante la inexistencia de ayudas y de servicios - y de
una buena parte de la población que está en el riesgo de pobreza, con los
llamados “trabajadores pobres”. Cada vez el trabajo se remunera con menos
dinero, mientras que la desigualdad aumenta exponencialmente. Por si fuera
poco, el fondo de reserva de la Seguridad Social ha visto disminuir su
capacidad de respuesta año a año utilizado de forma incorrecta por el Gobierno,
que acaba de retirar casi nueve mil millones de euros del mismo.
Esta mirada no se corresponde con la gran cantidad de votantes que han sostenido
y valorado positivamente las políticas que han conducido a esta situación.
Parecería por tanto que viviéramos en países diferentes o, cómo posiblemente
dirían los votantes del PP, que quienes
mantenemos esta mirada sobre la realidad
distorsionamos la misma, incapaces de reconocer el valor y el éxito de
las decisiones del gobierno del PP. Unos anteojos antiespañoles, dada la
identidad que se ha establecido entre España y el Partido Popular como discurso
oficial del gobierno de ese partido.
Y sin embargo no se trata de una descripción sugestionada por la
consideración extraordinariamente negativa de la actividad de gobierno de este
cuatrienio, como si empleáramos las “gafas judías” con las que Víctor Klemperer veía el lenguaje y el
discurso del III Reich mientras una gran parte del pueblo alemán lo compartía. No
hay en nuestra sociedad “embotamiento generalizado, insensibilidad y ausencia
de voluntad” que impida el pensamiento y la crítica. Hay sencillamente datos verdaderamente cualificados que explican
el proceso de destrucción del trabajo con derechos que se ha ido produciendo
con la coartada de la crisis y la declaración consiguiente de una suerte de
estado de excepción que permitiera esta oleada de devastación democrática.
Desde el comienzo de la crisis se han producido cinco millones de despidos de
trabajadores con contratos indefinidos, el gran ajuste que se realiza a través
de la llamada flexibilidad externa, despidos y temporalidad, cuya utilización
es favorecida e indicada por la legislación laboral aprobada en las sucesivas
reformas laborales, en especial la del 2012.
Los miembros del gobierno que se ocupan de estas cuestiones insisten en
recordarnos que se han creado medio millón de empleos en los últimos 12
meses. Pero la Encuesta de Coste Laboral
del primer trimestre de 2016 indica que tanto el coste laboral como uno de sus
componentes, los salarios, han caído un 0,2% hasta marzo. UGT cifra en 40.000
millones de euros la cantidad que han perdido los asalariados españoles en el
reparto de la renta nacional desde 2009 por culpa de la devaluación de sus
sueldos. Los salarios no despegan porque el empleo creado es precario, con
contratos breves, en sectores con una fuerte estacionalidad. A lo que se une el
predominio del tiempo parcial configurado como única forma de empleo,
frecuentemente temporal, que rebaja salarios y cotizaciones sociales.
La OIT ha alertado sobre este fenómeno en Informe 'Perspectivas sociales y
del Empleo en el Mundo. Tendencias 2016'. "En España se da desde hace ya
muchos años una situación en que más o menos la tercera parte de aquellos que
tienen un trabajo lo tienen en situaciones de cierta precariedad, con empleos
temporales, o empleos también a tiempo parcial" y añade que “la creación
de empleo sigue sin resolver uno de los grandes problemas en la economía
española, a saber, la dualidad del mercado de trabajo español ya que la tasa de
temporalidad interanual sube del 24,6 % en el tercer trimestre de 2014 al 26,2%
en el mismo trimestre de 2015", de manera que "uno de los principales
problemas del mercado laboral español es que en muchos casos con contratos
cortos, a veces empleos temporales de una semana. En junio se supo que uno de
cada cuatro contratos que se firmaba dura una semana o menos".
Por otra parte, el empeoramiento de la calidad del empleo deriva en una
buena parte de la población en exclusión social. La devaluación salarial afecta
fundamentalmente a las rentas salariales más bajas, que en el período de tiempo
entre 2009 y 2014 han perdido más de un 25% de poder adquisitivo. El hecho de trabajar no exime de la pobreza. La
precarización de las condiciones laborales ha elevado del 14,2 al 14,8% el
porcentaje de trabajadores pobres, y la tasa de pobreza entre las personas en
paro se sitúa en el 44,8%, según datos del informe anual Análisis y
perspectivas 2016 de la Fundación Foessa de Cáritas, dedicado en esta edición a
la expulsión social y recuperación económica, que constata además un aumento
del 9% del riesgo de pobreza desde el inicio de la crisis. El informe de la OIT
antes citado alerta también del elevado número de familias en riesgo de
situarse por debajo del umbral de pobreza, una cifra que aumenta
inexorablemente: del 27,3% de la población en 2013 al 29,2% en 2014.
Estamos por tanto en una situación generalizada de precarización del
empleo, es decir no sólo destrucción de empleo y aumento del paro junto con un
efecto de sustitución y de rotación de la mano de obra, sino fundamentalmente
“un deterioro acelerado y significativo de los estándares y de la calidad del
empleo”, falta de tutela colectiva y sindical y debilidad económica. Es el
resultado de un largo proceso que el período 2010-2015 ha acelerado en el que
resulta característico el ajuste mediante la flexibilización externa que, en el
ámbito estrictamente laboral, se concentra en dos señas de identidad claras: la
flexibilidad “fuera de norma” de la contratación temporal, en lo que los
economistas denominan off shore y que
consiste en la descausalización de las figuras de contratación temporal y la
insuficiencia de las medidas correctoras de este fenómeno, y, en segundo
término, la impunidad de los despidos injustificados y su carácter
abrumadoramente definitivo, sobre la que las reformas laborales del 2010 y sobre todo del 2012 han incidido
especialmente abaratando el despido y facilitando su adopción por los
empresarios.
Ello sitúa en primer plano por tanto la problemática de la contratación
temporal, aun siendo conscientes de que su consideración debe siempre realizarse
en relación con los instrumentos normativos y colectivos que disciplinan el
despido y la extinción del contrato, y que la noción de temporalidad no abarca
la de precariedad, sino que constituye un vector de la misma.
Es ineludible plantearse un cambio de las normas que disciplinan esta
materia. La temporalidad ha suscitado la atención de los programas de los
partidos políticos que, desde múltiples posiciones, aspiraba al “cambio
político” y a la sustitución del gobierno del Partido Popular en las elecciones
del 26 de junio recientes. En buena medida, la “segmentación del mercado de
trabajo” entre indefinidos y temporales es el punto de partida para justificar
la propuesta de “contrato único” que defiende Ciudadanos y que influyó en el
acuerdo entre este partido y el PSOE en la fallida investidura de ambos en
marzo del 2016, aunque en este caso se confrontan dos visiones sobre la
contratación temporal y la relación con el principio de estabilidad en el
empleo que parten de presupuestos teóricos y de marcos de referencia diferentes
respecto de las que normalmente se han defendido desde el movimiento sindical y
los partidos de izquierda. El resultado electoral último, aunque sea incierto
el tipo de gobierno que puede salir de él, no hace presagiar un cambio
importante respecto de las bases sobre las que se ha ido desarrollando la
temporalidad y la precariedad laboral. Y parece difícil que el PP se eche para
atrás sobre la regulación laboral de los contratos temporales que ha efectuado.
Sin embargo, el juego de mayorías en el Congreso no necesariamente debe
llevar a una irreversibilidad absoluta de la situación legislativa en esta materia
– como en tantas otras, por cierto. Hay que tener en cuenta que son muchas las
voces que buscan acabar con esa utilización abusiva e incorrecta de los tipos
de contratación temporal disponibles, en especial el contrato para obra y
servicios y el eventual por circunstancias de la producción. Se pueden
encontrar en los diferentes programas políticos propuestas para una revisión
del marco normativo de muy diferente alcance. Y no sólo en el ámbito de los
programas electorales. De manera muy
especial, un grupo de estudio de profesores universitarios plantearon, en el
marco del II Congreso Trabajo y Economía y Sociedad, organizado por la
Fundación 1 de mayo en noviembre del 2015, una batería de medidas que sin duda
parten de un enfoque muy ajustado a la realidad de las relaciones laborales y a
la aplicación concreta en este aspecto del art. 35 de la Constitución.
Lo que es evidente es que la temporalidad requiere ser reconfigurada
normativamente. Es imprescindible reforzar el principio de estabilidad en todo
el itinerario laboral, redefiniendo el principio de causalidad y tipicidad. Eso
implica recuperar el principio de presunción de indefinición del contrato del
art. 15.1 ET, eliminar el contrato de apoyo a los emprendedores que tiene como
período de prueba un año, lo que ha sido considerado por el Comité Europeo de
Derechos Sociales contrario al art. 4 de la Carta Social Europea, revisar la
regulación del encadenamiento de contratos temporales, y definir de manera
clara la diferencia entre el contrato temporal en fraude de ley y los meros
incumplimientos formales. La recuperación efectiva del principio de causalidad
obligaría a excluir la contrata de servicios como justificante y marco de los
contratos de obra y una acotación más precisa en la definición del objeto de
este contrato. Los elementos disuasorios de la contratación temporal irregular
deberían ser desarrollados igualmente. Ello implicaría reforzar el marco
sancionador, incluyendo sanciones económicas específicas adicionales a las
derivadas de las resoluciones judiciales condenatorias por uso abusivo,
fortalecer la capacidad calificadora de la Inspección de Trabajo respecto del
contrato indefinido, y profundizar los planes inspectores sobre la contratación
temporal, y romper la analogía con el despido improcedente para los casos de
contratación temporal fraudulenta, que deberían llevar aparejada la readmisión
del trabajador.
La temporalidad es un instrumento de flexibilización que tiene que ser
reconducido a un espacio de actuación razonable y congruente con la función
institucional que este tipo de contratación persigue. De lo contrario se
favorece la desigualdad entre los trabajadores que efectúan un trabajo de igual
valor, se permite la utilización de estas figuras contractuales en fraude de
ley, y se disminuye la capacidad contractual y de presión de este gran
colectivo de personas que trabajan y, naturalmente, se degradan sus condiciones
de trabajo y de existencia, en especial las relativas a la salud y a los
derechos de conciliación entre la vida personal y laboral.
Aunque la dislocación y fragmentación del trabajo que caracteriza nuestro
modelo laboral tenga ya una larga tradición, no puede dejarse pasar el momento
en el que se comience a poner los medios para revertir esta situación, tanto
desde un cambio en el marco normativo como en concreto en las acciones que los
sujetos sociales puedan llevar a cabo a través de experiencias determinadas. Lanzar
una fuerte ofensiva en el terreno de la comunicación social y del debate
sindical sobre esta materia concreta tendría sin duda una buena acogida y
permitiría avanzar las líneas de trabajo político-social que tienen que ir
diseñando los ámbitos del debate en la opinión pública y en la discusión de las
fuerzas parlamentarias.
No hay comentarios:
Publicar un comentario