El pasado
12 de mayo, el diario digital El Independiente publicaba una nota
de la Inspección de Trabajo para las campañas agrícolas de mayo / junio 2020 en
la que se alertaba sobre posibles casos de «explotación laboral» e incluso de
«esclavitud» por parte de empresarios agrícolas (La noticia y el texto de la
nota se puede encontrar en El Ministerio ordena a la Inspeccion deTrabajo investigar la esclavitud en el campo . Esta
noticia suscitó la reacción inmediata de la patronal agraria ASAJA que responsabilizaba
a la Ministra de Trabajo por esa nota de la Inspección, cuyos planteamientos le
resultaban “inaceptables y propias de alguien que obra de mala fe movida por un
sectarismo ideológico inadmisible y un desconocimiento absoluto de la realidad,
que le hacen estar incapacitada para desempeñar sus funciones de ministra”.
Para el secretario de organización de COAG, era “inaudito e insólito” hablar de
esclavitud porque "España está en
Europa, esto no es África ni ningún país con dictadura donde la gente esté en
plan esclava" (El campo contra Yolanda Diaz por enviar inspectores de trabajo)
Al margen de la
virulencia con la que ha sido acogida esta nota de la Inspección de Trabajo, y
la clásica referencia ultraderechista al “sectarismo ideológico” del
Ministerio, que caracteriza a las destempladas declaraciones de ASAJA en todo lo que se refiere
a ese departamento ministerial, el tema suscita algún comentario sobre la existencia
de trata de personas y de trabajo forzoso – dos hechos ilícitos frecuentemente
unidos – en la agricultura, un fenómeno que tiene una larga tradición en países
desarrollados y democráticos, que ha sido objeto de atención y estudio
académico.
En Italia, se conoce bajo
la denominación de “caporalato” una forma ilegal de reclutamiento
y de organización de la mano de obra a través de personas – los caporali –
que hacen de intermediarios y contratan por un período breve de tiempo
(días o semanas) a obreros sin respetar las normas legales y colectivas y
vulnerando los derechos de los trabajadores. Esta actividad ilícita está especialmente
extendida en el sector hortofrutícola del sur de Italia – aunque también en el
sector de la construcción – y la ley italiana define esta actividad de
mediación ilegal entre el caporale y el empresario agrícola como
un acto no solo sancionable administrativamente, sino también penalmente. La
revista Giornale di Diritto del Lavoro e delle Relazioni Industriali,
fundada por Gino Giugni, ha dedicado durante todo el año 2019 una
parte de la misma al análisis de la cadena agroalimentaria y las relaciones
laborales, en donde se aborda con gran detalle tanto los supuestos de trata de
trabajadores, inmigración clandestina, y trabajo forzoso que se dan en este
sector, como la respuesta represiva y preventiva que ha dado el ordenamiento y
las autoridades públicas, además de la asistencia a las víctimas de estas
actuaciones ilícitas. Cuando el director de la Revista, Luca Nogler, me
solicitó una intervención sobre el tratamiento de este tema en el derecho
español, le indiqué que en el derecho español no se había institucionalizado
como tal esa figura italiana para el sector agrario, pero que la cuestión entre
nosotros se situaba en la respuesta a la inmigración ilegal y trata de personas
desde la respuesta penal y administrativa.
En el viejo código penal
se incluían en el mismo artículo dos conductas distintas, el tráfico ilegal de
mano de obra, y las migraciones ilegales. Hoy el art. 312 CP castiga el tráfico
ilegal y el reclutamiento mediante oferta de condiciones de trabajo engañosas o
falsas, junto con la imposición de condiciones ilegales de trabajo a extranjeros
sin permiso de trabajo, es decir, las relaciones de trabajo que se lleven a
cabo suprimiendo o restringiendo los derechos reconocidos por disposiciones
legales o convenios colectivos. En el art. 313 CP se prevé la intervención
penal en las migraciones ilegales en lo que se refiere a la promoción o
favorecimiento de la inmigración clandestina mediando engaño. Y en la reforma
del Código Penal del año 2010, se introdujo un nuevo art. 177 bis sobre la trata
de seres humanos en el plano laboral, “un delito en el que prevalece la
protección de la dignidad y la libertad de los sujetos pasivos que la sufren”,
y que define como reo de este delito a quien “sea en territorio español, sea
desde España, en tránsito o con destino a ella, empleando violencia,
intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad o de
necesidad o de vulnerabilidad de la víctima nacional o extranjera, o mediante
la entrega o recepción de pagos o beneficios para lograr el consentimiento de
la persona que poseyera el control sobre la víctima, la captare, transportare,
trasladare, acogiere, o recibiere, incluido el intercambio o transferencia de
control sobre esas personas” con la finalidad de imponer un trabajo o servicios
forzados, “la esclavitud o prácticas similares a la esclavitud, a la
servidumbre o a la mendicidad”.
Se trata desde luego de
acciones de un especial desvalor social, que sin embargo han atraído la atención
de la acción normativa de la OIT en 2014 con la promulgación de un protocolo
sobre trabajo forzoso y las nuevas formas de esclavitud o de trabajo esclavo,
un fenómeno estrechamente ligado en la práctica a la inmigración ilegal y a
fenómenos de prostitución en el caso de trabajo femenino. Una persona es
obligada a trabajar en condiciones infrahumanas sin que pueda negarse debido a
la coerción, las amenazas o el abuso de poder, el pago de las deudas contraídas
para poder inmigrar, o en general cualquier tipo de sujeción que le hace sujeto
de una explotación intensa que los deshumaniza como persona.
Este tipo de situaciones
se dan en los países desarrollados, en Estados Unidos, en Europa y, desde luego
en España, y generan responsabilidad penal para los sujetos que acometen este
tipo de conductas. El campo, los sectores agrícolas, en donde la inmigración
clandestina es una realidad, ha sido el espacio productivo que ha propiciado supuestos
de explotación, tráfico de trabajadores y formas terribles de servidumbre,
incluso ligadas a la explotación sexual, como sucedió en el 2018 con las denuncias
de agresiones y abusos sexuales a trabajadoras temporales marroquíes en la
fresa de Huelva.
El caso es que,
volviendo a la situación actual que vivimos en nuestro país, como consecuencia
de la pandemia del COVID-19, y de la limitación de la movilidad que ha
generado, se ha generado una cierta dificultad para la contratación de
trabajadores, lo que sin duda propicia la aparición de intermediarios dedicados
al tráfico de mano de obra en condiciones de explotación de los trabajadores –
nuestro caporalato - , es decir, de la trata de seres humanos, que
obliga a los poderes públicos a comprobar y reprimir la existencia estas tramas
organizadas, mediante la actividad de la Inspección de Trabajo y la eventual
acción penal posterior. No hay por tanto nada excepcional en el hecho de que la
actuación inspectora vigile que este tipo de personajes indeseables intervengan
en la organización de las campañas agrícolas de este año, por el contrario, se
trata del cumplimiento de un deber público cuya omisión sería extremadamente
grave.
En febrero de este año,
el Relator de Naciones Unidas sobre la pobreza extrema y los derechos humanos, Philip
Alston, aseguró que "las condiciones que vi en los trabajadores
migrantes que recogen la fresa en Huelva eran peores que en un campo de
refugiados …Me encontré con trabajadores en un asentamiento para migrantes en
condiciones que rivalizan con las peores que yo he visto en ninguna parte del
mundo. Están a kilómetros del agua y viven sin electricidad o saneamiento
adecuado”. Esas “condiciones inhumanas” que afectan a 2.500 o 3.000 trabajadores
durante la temporada de la fresa se reiteran cada año mientras que grandes
empresas se enriquecen. Las noticias sobre explotación de inmigrantes irregulares
para su empleo en labores agrícolas salta frecuentemente en la prensa. Desde el
hacinamiento en pisos para su utilización como temporeros por 5,50 € la hora en
Medina del Campo, o la red de inmigración ilegal doble, como red de
prostitución de mujeres y de temporeros a 180€ al mes, en Córdoba, hasta las “furgonetas
pirata” en Murcia, o la recogida de naranjas en Castellón, que incluía también
trabajo infantil, y todo ello en este último mes de mayo de 2020. A ello se une
las denuncias sindicales por el incumplimiento de los convenios del campo, la
remuneración por debajo del salario mínimo y la frecuente práctica de pago de
salarios “en negro” sin declarar a Hacienda ni cotizar. Es por tanto un sector en
donde existen conductas ilícitas extraordinariamente graves, que la dificultad
de incorporar trabajadores por las restricciones de la libertad de movimiento
en la Unión Europea, puede incentivar y que resulta necesario por tanto vigilar
y castigar.
Que asociaciones
patronales del sector agrario hagan pública su indignación porque la Inspección
de Trabajo indique a sus agentes que investiguen y repriman las redes de
tráfico ilegal y los supuestos de explotación inhumana y trabajo forzoso que se
den en las campañas agrícolas, es sumamente indicativo del desenfoque con el
que abordan su función institucional de defensa de los intereses de los
empresarios agrícolas, que debe velar por eliminar las distorsiones en la
competencia entre las empresas y explotaciones agrarias. ASAJA y COAG deberían
ser las organizaciones más interesadas en eliminar estos fenómenos odiosos de
explotación inhumana que se expresan en el sector agrario, y cooperar, junto
con los sindicatos, en la denuncia y erradicación de estas conductas.
2 comentarios:
Muy oportuna esta entrada al blog, porque cada año estas situaciones se repiten y parece que la gente acepta como normal ver a primaras horas de la madrugada en determinados puntos de nuestras ciudades corilos de trabajadores que esperan la aparición de una furgoneta en la que suben algunos sin saber ni donde van, ni en que van a trabajar ni cuanto van a cobrar. La reacción de ASAJA confirma lo oportuno y lo necesario de la intervención de la Inspección de Trabajo. En el caso de la fresa de Huelva, además de explotar a la gente muchos "empresarios" roban el agua de Doñana con pozos ilegales.
Este blog y su entorno son herramientas fundamentales para la defensa de la justicia social, y más concretamente, para defender al 'buen gobierno' (la 'normalidad') ante ataques absolutamente desproporcionados ante intentos de regulación, o de mera inspección, de situaciones... socialmente repugnantes (Antonio Costa dixit !!), verdaderas aberraciones a los que casi nos habían acostumbrado (expresión usada hace poco por un ilustre miembro de esta red, y ahora implicado de lleno en esto del Buen Gobierno-Joaquín PR- La reacción desproporcionada de patronales se ha dado en estos días también respecto a un comentario del Ministro de Consumo. Un comentario que no era más que poner de manifiesto algo evidente respecto al sector turístico. El sector empresarial, sus lobbys, deben 'acostumbrarse' a eso, a un Buen Gobierno, y deben dejar de hacer lo que siempre han hecho: influir en los gobiernos, reguladores y regulaciones vía presión mediático/política (medios tóxicos, políticos tóxicos)... (Perdonad el... desahogo.
Enhorabuena, Don Simon Muntaner por el artículo (que no tengo el placer de conocer, por cierto. A ver si pronto nos podemos tomar unos vinos :-)
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