El
viernes 3 de julio por la mañana, en los jardines del Palacio de la Moncloa, se
firmó, con gran pompa y circunstancia, el Acuerdo para la Reactivación
Económica y el Empleo, que suscribieron el Presidente del Gobierno, los
secretarios generales de CCOO y UGT y sus correspondientes de CEOE y CEPYME. Al
acto asistieron las Vicepresidencias del Gobierno y los Ministerios económicos,
es decir, Trabajo, Seguridad Social e Industria, junto a un nutrido grupo de
altos cargos y de dirigentes sociales que habían participado en las últimas
negociaciones sociales.
Diálogo social como método de
gobierno y como legitimación de la actuación del poder público.
Todos los medios de comunicación
coinciden en destacar el significado político del Acuerdo como contraste con la
limitada capacidad del gobierno para obtener amplias mayorías parlamentarias en
la Comisión para la Reconstrucción Social y Económica. El PP se ha opuesto a los
cuatro informes que se presentan, aunque con mayor ímpetu en los bloques de
economía y políticas sociales más que en los de Sanidad y Unión Europea, posiblemente
porque prefiere mantener intacta su propuesta política neoliberal como apuesta
electoral, mientras que la CEOE-CEPYME entienden que el acuerdo social puede
ser funcional a la recuperación económica y por tanto también a sus intereses
en cuanto empresas que pretenden reactivar el mercado. La conclusión por tanto es
la de que con la firma del Acuerdo se hace explícito – se escenifica es el
término que prefieren los periodistas – un frente común en la vertiente social
para la reactivación de la economía en la crisis que ha causado la irrupción de
la pandemia del Covid-19. Asimismo se ha valorado este acto como un modo de
reforzar la posición del Gobierno en la negociación de las ayudas europeas que
tienen que decidirse antes del comienzo de las vacaciones, y para lo cual una
postura unitaria de los representantes del trabajo y de la empresa ofrece una
cierta garantía de estabilidad. Este es un tema en el que fundamentalmente ha
hecho hincapié la parte sindical a la hora de resumir el significado del
Acuerdo.
Se trata sin duda de dos bazas
positivas que refuerzan la acción del Gobierno tanto frente a la complicada
geometría parlamentaria como de cara a su capacidad de presión en Europa para
obtener unas medidas de apoyo suficientes que no comprometan el giro social de
su programa. Hay también otra estimación, más en clave interna a la correlación
de fuerzas que se despliega en el interior del Gobierno, y es la que se refiere
a la pretensión de que con este Acuerdo el área de economía protagonizara el
diálogo social y lo orientara hacia sus directrices, desplazándolo del espacio
en el que hasta el momento estaba sólidamente anclado, el que ocupan los
Ministerios de Trabajo y de Inclusión y Seguridad Social, para diseñar un
escenario en el que el peso fundamental del Acuerdo recayera en la articulación
de políticas económicas y de mercado y no tanto en la conformación de
instrumentos de regulación de empleo y en el despliegue del “escudo social” de
tutela del empleo, frente a la precariedad y la vulnerabilidad de una parte
importante de la población. Posiblemente la intención final era la de poner una
especie de cierre o al menos de límite a la capacidad reformista del gobierno
en materia de relaciones laborales, garantizando una cierta inamovilidad del
marco institucional hasta ahora vigente en una especie de dispositivo de self
restraint avalado por la firma de los interlocutores sociales.
Esta suerte de “captura” del diálogo
social por el área económica del gobierno no se ha producido en los términos
que seguramente estaban planteados. Ante todo porque la relación directa de
este Acuerdo de Reactivación Económica en su vertiente de regulación de medidas
de protección del empleo con el II ASDE recientemente firmado se encuentra
claramente determinado en el compromiso del mismo de efectuar un “Pacto por el
Empleo”, y como tal fue recogido en la Disposición Adicional 5ª del RDL
24/2020, que transcribe éste y que desemboca en la negociación pendiente en una
serie de mesas de diálogo por concretar, sin que por tanto se enuncien allí
cuales vayan a ser las medidas o ni siquiera los campos sobre los que se va a discutir
de forma tripartita. Sin embargo, su carácter programático y declarativo le sitúa
en una dimensión diferente de los Acuerdos sociales que hasta el momento se han
ido produciendo, mucho más concretos y específicos en su regulación.
El contenido del Acuerdo, en
efecto, se sitúa más en una perspectiva de declaración de intenciones y de un programa
de acción más que en un repertorio de compromisos concretos que requieran un
desarrollo ulterior inmediato. Y tiene que partir, como no podía ser menos, de
la enumeración de las medidas adoptadas a través de un esfuerzo normativo
excepcional durante el Estado de Alarma para “preservar el tejido productivo,
el empleo y las rentas familiares”, y a su vez tiene recoge los últimos
compromisos adoptados en el II ASDE sobre la prórroga de los ERTE como otro
elemento que debe definir el inmediato futuro. Las medidas que se proponen para
la reactivación son fundamentalmente de tres tipos: económicas y de política
industrial, políticas sociales y relaciones laborales.
Las medidas del Acuerdo
Respecto de las medidas económicas
y de política industrial, el Acuerdo establece unas líneas de actuación futura,
comprometiéndose eso si a un segundo programa financiero de apoyo público a la
solvencia y la inversión empresarial de 50.000 millones de euros, para reforzar
empresas solventes en sectores estratégicos cuya situación financiera pudiera
verse en peligro tras la crisis del Covid-19. La necesidad de un Pacto por la
reindustrialización del país, la apuesta por la transición verde y la economía
circular, la digitalización, el desarrollo de la economía social y el apoyo a
los autónomos, son los ejes centrales de este horizonte de propuestas y
declaraciones.
Las medidas sociales se proyectan
en tres materias. De una parte, la necesidad de reducir los márgenes de la
economía sumergida, lo que implica una lucha decidida contra el fraude, la
precariedad y la evasión fiscal. Como la CEOE no acepta el incremento de la
presión fiscal, el tema de la justicia redistributiva y la necesaria reforma
impositiva no se ha incluido como un eje más del Acuerdo, y solo se sigue sus
trazas a través de esta referencia a la lucha contra la evasión fiscal. Por
otra parte, se incorpora una referencia a reforzar y garantizar la
sostenibilidad y la suficiencia a largo plazo del sistema público de pensiones,
con mención expresa a la garantía del poder adquisitivo de las mismas, lo que
seguramente sin dificultad se puede derivar al compromiso del programa de
gobierno de derogar la reforma del 2013 en materia de Seguridad Social, un
reivindicación sostenida también sindicalmente. Y, finalmente el compromiso más
interesante, reforzar los servicios públicos de sanidad y dependencia y el SEPE,
los tres sectores que la crisis del Covid-19 ha mostrado que son fundamentales
para garantizar salud y seguridad a la población, y que habían sido maltratados
y reducidos en las medidas de recorte de plantillas y de inversiones llevadas a
cabo por los gobiernos central y autonómicos como resultado de las políticas de
austeridad en la crisis de 2010-2012.
Las medidas laborales tienen como
inspiración el mecanismo de los ERTES al que se quiere dar una proyección
duradera, además de recordar su importancia estratégica en el gobierno de la
crisis actual y la conveniencia de ir incorporando a los trabajadores incluidos
en los mismos a las actividades normales de las empresas, recontratando
asimismo en la medida de lo posible a los contratados temporales que vieron
extinguidos sus contratos, “potenciando la contratación indefinida”. Como mecanismo
de ajuste ante caídas de actividad o cambios de ciclo económico, el ERTE debe
ser por tanto priorizado antes que los despidos, como también en general las
medidas de flexibilidad interna, en especial la reordenación del tiempo de
trabajo, que previsiblemente debe ser la clave de la “nueva economía”. Obviamente,
se concluye que resulta asimismo necesario establecer “un marco adecuado” para el
trabajo a distancia, y como no podía ser menos, se resalta el papel de la
formación y recualificación profesional, en especial pensando en el entorno
digital y tecnológico, junto con la “modernización” de las políticas de empleo.
¿Derogar la reforma laboral?
“Modernizar” es la palabra clave,
puesto que en el Acuerdo de forma escueta se incorpora el compromiso de “modernizar”
el marco laboral. Es una manera inteligente de evitar la referencia a la
reforma laboral del 2012 y al compromiso de su derogación del que tanto se ha
hablado y que sigue dando su juego en debates cada vez más estériles. El
compromiso del programa del gobierno de progreso es claro, pero lo que ahora
está en juego, es algo diferente. Tras los meses transcurridos desde el inicio
de la crisis sanitaria del Covid-19, esta
referencia ha perdido una buena parte de su significado. Siempre se ha
recordado que no se trata de volver al pasado, sino de volver a conformar un
marco de regulación que supere los elementos negativos de aquella reforma
dictada sobre la base de debilitar el poder colectivo de negociación sindical y
el reforzamiento en paralelo de las facultades unilaterales de modificación y
de extinción de contratos por parte del empresario.
Algunas de estas normas han desaparecido
ya del ordenamiento, como el nefasto Contrato de Apoyo a los Emprendedores, o
el despido por absentismo, otras estaban siendo negociadas en el marco del diálogo
social cuando la crisis sanitaria y económica obligó a posponer su examen, como
los contenidos relativos a la regulación de la ultra actividad o a la primacía
aplicativa del convenio de empresa, junto con la regulación de la
subcontratación; otros temas en fin están surgiendo como nuevos que exigen una
regulación urgente, como el trabajo a distancia, o la original regulación de la
regulación temporal de empleo y de la flexibilidad interna, que están marcados
en el propio Acuerdo comentado, o que se encuentran en estado de elaboración,
como la calificación jurídica del trabajo en plataformas digitales, o la externalización
de servicios en la hostelería, y, en fin, todo un tema que la reforma del 2012
no abordó y que resulta fundamental hoy, la contratación temporal, sobre la que
políticamente se habla insistentemente acerca de la necesidad de un gran pacto
para su regulación en el contexto del Pacto por el empleo. Todos estos son algunos
de los elementos que están en juego actualmente y que aconsejan abandonar ya el
planteamiento del debate desde posiciones hoy superadas por el momento
histórico en el que nos hallamos.
El enfoque correcto hoy en día es
el que separa a quienes quieren reformar el marco institucional laboral para establecer
un equilibrio sustantivo de las posiciones de poder que se dan en las
relaciones laborales, sobre la base de un principio de mantenimiento del
derecho al trabajo y de promoción del empleo, reconociendo un amplia flexibilidad
contratada y una efectiva protección de la salud y seguridad de las personas
trabajadoras y el goce de derechos fundamentales en el desarrollo de su actividad,
y quienes por el contrario se oponen a ese impulso reformista y modernizador en
un sentido literal y optan por un inmovilismo contrario a la necesidad de
adaptación y de cambio que exige el tiempo post-pandemia.
El Acuerdo para la Reactivación Económica
y el Empleo por tanto, se abre a esta posibilidad, aunque por su propia genericidad,
encamina sus conclusiones a una metodología ya experimentada, la de alimentar
una serie de mesas de diálogo que se organizan temáticamente en la idea de avanzar
en la reforma de diversos aspectos que regula el cuadro normativo del Derecho
del Trabajo. Este es el camino que se habrá de recorrer, y tanto los sindicatos
como el gobierno han advertido de que no será posible retardar la toma de
decisiones al respecto, porque el cambio
del modelo de regulación del trabajo constituye sin duda un pilar fundamental
en la reconstrucción económica y social que se requiere en nuestro país como
condición de salida de la crisis.
3 comentarios:
Ruperto Frampers Modernizar la reforma laboral ? El problema es que, al menos en mi inconsciente “modernizar” lleva siendo empeorar desde que tengo uso de razón.. al final tanto blabla y falta de valentía ( si es que hay voluntad ), acabará ganando la derecha, y luego dirán que es culpa de los que no votamos y hacemos política en las calles. Que hagan política institucional valiente de una vez! Aunque sea para satisfacer a su mercado electoral y poder asueldar a más de sus huestes !! Al final me parece a mi que la política institucional es ,por selección impuesta, mayormente cosa de mediocres, los que valen de verdad o se queman o tienen mejor que hacer. Una huelga general, mejoras laborales de verdad, ecología y no tanto cachondeo enmascarado.. un abrazote grande!!
Toni Company Bonet Derogación total de la Reforma Laboral. Es un compromiso del actual gobierno y debe cumplirse.
Si partimos del atraso de derechos que significa la Reforma Laboral del 2012 ( iniciada ya en 2010) ya sabemos en que acabara esta "modernización".
Se impuso por decreto sin negociación. Si avenimos a "negociar" una imposición que el actual gobierno esta dispuesto a eliminar (tambien por decreto). Flaco favor hacemos al principio de igualdad en la negociación. No entiendo el papel de "apuntalamiento con reformas" que parece hacer nuestro sindicato.
Bruno Trentin y Jose Luis Lopez Bulla, grandes sindicalistas, han insistido en que no hay que temer al futuro. Modernizar, tal y como con claridad se expresa Antonio Baylos, es acometer las reformas necesarias dejando en el cajón del recuerdo la normativa de 2012, pera encarar realidades acuciantes de nuestro mundo, como las que indica. Destaco el tiempo de trabajo, la posición de las partes en la relación laboral o, dirían Lopez Bulla y Francisco Trillo, el ecocentro de trabajo. Sobre esos temas y otros más modernizar es avanzar en la conquista de posiciones de poder por parte de los trabajadores.
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