Llevamos
desde hace al menos tres años con gobiernos de progreso cuyo programa incluye
la necesidad de terminar con los elementos más nocivos de la reforma laboral
del 2012 que produjo un intenso desequilibrio de poder entre empresarios y
trabajadores, una extensa devaluación salarial y el empeoramiento generalizado
de las condiciones de trabajo y de vida de una buena parte de la población
trabajadora. Amparadas en las políticas de austeridad que generaron un
incremento exponencial de la desigualdad en el interior de los estados que las
aplicaron, fueron la consecuencia del condicionamiento político de unas
“reformas estructurales” dictadas para poder sanear a un sistema financiero
desarbolado sobre la base de su propia codicia corporativa y frente a cuyo mal
funcionamiento ninguna de las instituciones de control, como el Banco de
España, se activaron a tiempo.
Los tiempos están cambiando y la
irrupción de la crisis sanitaria y económica en la escala global ha originado
un cambio de paradigma en la respuesta política a la misma. La sostenibilidad
social, con todo lo que eso implica, ha sido el eje en torno al cual se ha
construido el pacto Next Generation, la suspensión de las reglas del equilibrio
presupuestario y del Mecanismo de Estabilidad, en síntesis la inaplicación de
las reglas de la gobernanza económica europea. España, en el Plan Nacional de
Recuperación y Resiliencia, ha incluido entre sus compromisos los recogidos en
la Componente 23 que describe el proceso de reformas ya iniciado mediante
modificaciones legislativas importantes, y las materias sobre las que todavía
tiene que legislarse antes de que acabe este año 2021. La llamada reforma
laboral, que implica tanto la remoción de aspectos actuales de la legislación
incompatibles con una negociación colectiva articulada y potente como el
abordaje de nuevas materias centrales en la modernización y democratización de
la economía española, se lleva negociando en el marco del diálogo social desde
marzo del 2021.
Sin embargo, desde hace más de una
semana, han aparecido noticias y declaraciones que han creado confusión y una
cierta estupefacción, al cuestionar no sólo el método de negociación hasta
ahora practicado por el Gobierno, que ha llevado a concluir nada menos que 12
acuerdos sociales en un año y medio, sino el alcance de los contenidos de esa
reforma. Para sorpresa de muchas personas, se han sucedido declaraciones en las
que parecía que, de un lado, el acuerdo con el empresariado era una condición
de procedibilidad de la reforma legislativa, lo que de hecho suponía reconocer
un derecho de veto a la CEOE, y por otra que existía una divergencia profunda en
los contenidos entre diferentes miembros del gobierno, personificados en las
opiniones de las vicepresidentas Primera y Segunda. Además, el conglomerado
mediático habitual, repicado luego por las redes sociales, se enredaba en la carga
semántica de la palabra “derogación” frente a la de “rectificar algunas cosas”,
o en la oposición entre “modernización” del sistema de relaciones laborales frente
a la reversión de la reforma laboral del 2012.
A cualquiera de las personas que
estamos relacionadas con el mundo del trabajo, este desconcierto nos ha causado
un enorme desasosiego. Entendemos que restablecer la prórroga automática de los
convenios cuando caducan y mientras se negocia su renovación, la erradicación
de la posibilidad de que los convenios de empresa puedan fijar condiciones de
trabajo y salarios peores que los convenios sectoriales, el reforzamiento del
momento contractual en la modificación sustancial de las condiciones de trabajo
y los “descuelgues” de convenios junto con la sustitución de las comisiones “ad
hoc” en los centros de trabajo sin representación colectiva por representaciones
sindicales, y, finalmente, la revisión de la subcontratación para evitar las
devaluaciones salariales, aplicando a las empresas contratistas y
subcontratistas el convenio del sector de la actividad ejecutada en la contrata
o subcontrata, eran todos ellos los contenidos ya anunciados de lo que se viene
conociendo como “derogación de la reforma laboral”, un conjunto de temas que ya
habían sido prácticamente cerrados en el proceso de negociación emprendido.
Pero la reforma por abordar no
sólo afectaba a estos elementos extremadamente lesivos de la normativa del
2012. Además de lo anterior, en el marco del proyecto de reformulación del
cuadro institucional laboral ante la sostenibilidad social y la democratización
del mismo, se entendía asimismo imprescindible incorporar a los mecanismos
vigentes de ajuste de empleo basados en el despido un dispositivo de ajuste
temporal sobre la base de la experiencia habida con los ERTE, en relación con
un potente engranaje formativo de la fuerza de trabajo, además de lo que sin
duda es la medida más importante de este proceso de reformas, la simplificación
y restructuración de la contratación temporal, verdadero lastre del mercado de
trabajo español, que requiere una visión completamente nueva en línea con
decisiones jurisprudenciales muy importantes tanto del Tribunal de Justicia
europeo como de la sala de lo social del Tribunal Supremo español que
garanticen la estabilidad en el empleo ante actividades permanentes de las empresas.
Este es el segundo elemento del proceso de modificación legislativa que está en
la base de la reforma que se intenta llevar a cabo en el marco del diálogo
social.
Es decir, se está llevando a cabo
un proceso de cambio normativo para eliminar del marco jurídico los preceptos
de la reforma del 2012 que han alterado de forma sustancial el equilibrio entre
el capital y el trabajo, han reducido la capacidad de negociación de los
sindicatos, y han generado un proceso de devastación social, de devaluación
salarial y de desigualdad material a la que tiene que ponerse fin
definitivamente, y, simultáneamente, para conformar medidas efectivas en la
lucha contra la precariedad por la estabilidad en el empleo y por la introducción
de dispositivos de ajuste temporal de empleo como reacción prioritaria frente a
las vicisitudes económicas, técnicas, organizativas o productivas, que afecten
ala marcha de la empresa. Ambas vertientes se encuentran recogidas en la muy
nombrada Componente 23 del Plan Nacional de Recuperación y Resiliencia, y han
sido a su vez aceptadas como un plan de acción del gobierno por la Comisión
Europea.
En ese sentido, el comunicado que
el martes 2 de noviembre ha emitido el Gabinete de comunicación de la
Presidencia del Gobierno, tras la reunión de coordinación presidida por Pedro
Sánchez, que ha contado con la presencia de las vicepresidentas Nadia
Calviño y Yolanda Díaz, supone la confirmación de estas líneas de acción.
El comunicado dice exactamente lo siguiente:
El Gobierno de España está
definiendo las relaciones laborales del siglo XXI, cumpliendo con la palabra
dada. Se trata de aprobar, antes de que acabe 2021, una legislación laboral
moderna que revise los desequilibrios de la reforma de 2012 y deje atrás los
problemas estructurales de nuestro mercado de trabajo, continuando con la senda
que ya hemos iniciado con la derogación del artículo 52.d que permitía el
despido por baja médica, los reglamentos de igualdad, los ERTE, la Ley Rider o
el Trabajo a distancia.
En este sentido, de acuerdo al
funcionamiento establecido el pasado 27 de octubre, esta mañana se ha mantenido
una reunión en el seno del Gobierno para avanzar en las negociaciones con los
agentes económicos y sociales, cumpliendo con los compromisos adquiridos tanto
en el programa de coalición como en el Plan de Recuperación aprobado por el
Consejo de Ministros y enviado a la Comisión Europea. La reunión se ha
producido en un clima positivo y una actitud constructiva. Se ha constatado
que:
1. El Gobierno está
comprometido con la derogación de la reforma laboral de 2012 en los términos
que establece el acuerdo de coalición y el Plan de Recuperación enviado a la
Comisión Europea. La temporalidad y la precariedad son, junto al desempleo, las
principales anomalías del mercado laboral español y estamos decididos a
dejarlas atrás. Es imprescindible disponer de herramientas equilibradas en la
negociación colectiva y al mismo tiempo, establecer condiciones claras para la
subcontratación.
2. Sobre la base del trabajo
realizado con los agentes sociales hasta el momento, el Gobierno busca, a
través del diálogo social, un acuerdo con todas las partes justo y equilibrado.
Esta voluntad es la mejor garantía de obtener una reforma duradera dentro del
acuerdo establecido con la Comisión Europea en el Componente 23 del Plan de
Recuperación.
3. El objetivo del Gobierno es
construir un nuevo modelo de relaciones laborales para el siglo XXI que
acompañe el proceso de modernización de la economía gracias a los fondos
europeos, a través del diálogo social.”
Se trata por tanto de la
confirmación de un compromiso que, de forma anómala, se había puesto en duda a
través de ese proceso de deconstrucción informativa al que hemos asistido a
partir del 21 de octubre. Ha sido un texto muy bien recibido por la Ministra de
Trabajo, Yolanda Diaz, para la cual el acuerdo supone "una gran
noticia para los trabajadores y trabajadoras de este país". Desde sectores
socialistas del gobierno, se han interpretado estos movimientos de los últimos
días como un intento del presidente del Gobierno por ensanchar las
posibilidades de llegar a un acuerdo con la patronal. Lo que es evidente es que
el debate en el diálogo social va a continuar, pero con una fecha fija de
cierre, urgida por la necesidad de presentar el cumplimiento del compromiso
adquirido con Europa. Es el tiempo de una potente reforma laboral sobre la que
hay una clara coincidencia de opiniones con vistas a una decisión política
coherente con las mismas. Estaremos atentos a la continuación de estas
dinámicas y a los resultados que de ellas se desprendan. Por el momento al menos, el compromiso del gobierno es claro y se ha puesto fin al desconcierto que
se había instalado en la opinión pública al respecto.
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