Los días 10
y 11 de octubre tuvieron lugar en el salón de actos de las CCOO de Catalunya,
las Séptimas Jornadas Jurídicas de Derecho Laboral y Sindical que organiza el
Gabinete Jurídico de la CONC, a cuyo frente está Jonathan Gallego. El
tema sobre el que versaban estas Jornadas era el de “la necesaria reforma del
despido” y se distribuyó como material para los asistentes el libro que se
reseña en esta entrada, teniendo en cuenta que una parte de sus autores fueron
los ponentes de este encuentro jurídico. Este es el primero de los actos que se
pretenden ir llevando a cabo tanto por la Fundación 1º de Mayo como las
Universidades e institutos de investigación en donde trabajan muchos de las
personas que son autoras de los diferentes capítulos del libro. Este texto
colectivo nace, en efecto, con la vocación de poder construir un espacio de
discusión seria y fundamentada sobre la ineludible modificación del sistema
legal que disciplina el despido en nuestro país.
El libro es fruto de un seminario
en el seno de la Fundación 1º de mayo de CCOO formado por un grupo de cuarenta
personas, docentes universitarios, miembros jubilados de la magistratura,
abogados y sindicalistas de CCOO con la intención de analizar críticamente el
sistema de despido en su totalidad, abordando todos los aspectos que en nuestra
legislación laboral y procesal plantea este tema sin centrarse exclusivamente
en el problema del coste del despido y de la cuantía indemnizatoria, que era el
tema de actualidad sobre el que decidiría el Comité Europeo de Derechos
Sociales ante las reclamaciones colectivas de UGT y de CCOO. Se realizaron tres
sesiones desde noviembre de 2023 a abril de 2024, que culminaría en una presentación
de las conclusiones en el Congreso de los Diputados en el que se expusieron
éstas ante diputados de SUMAR y del PSOE. Sobre estos materiales se programó la
edición de un libro colectivo publicado por la editorial Bomarzo en coedición
con la Fundación 1 de mayo, en el que se recogieran de manera articulada estos
contenidos. El objetivo no era el de proponer una suerte de tabla de propuestas
legislativas, sino, en línea con el desarrollo del seminario, plantear una
serie de cuestiones sobre una amplia batería de temas en torno a la regulación
del despido que a su vez sirviera de base para prolongar y extender este
cuestionamiento a través de la presentación del libro en varios encuentros y
jornadas.
El libro parte de una
presentación general de la obra de Fernando Lezcano, presidente de la
Fundación 1º de mayo, seguida de una introducción general al tema por parte del
coordinador del volumen, Antonio Baylos, en la que expone la evolución
de la regulación del despido a partir de la constitución democrática a través
de las líneas de tendencia a su abaratamiento y facilitación, añade datos
estadísticos muy llamativos sobre la cuantía de los despidos y su disminución
global anual, así como la gran cantidad de extinciones unilaterales que no se
someten a control judicial, resaltando el muy amplio margen de indeterminación en
el ejercicio de la facultad de despedir que desmiente la narrativa que insiste
en la “rigidez” de su regulación que dificulta el uso del despido como forma de
gestionar las dificultades económicas o la gestión del personal en la empresa,
lo que avala una indicación de política del derecho en el sentido de instalar
más garantías formales y materiales en el despido individual y articular el
despido colectivo con mecanismos convergentes del ajuste temporal de empleo,
reforzando los derechos de negociación sindicales en los procesos de
restructuración, junto con la revalorización de la función mediadora y
vigilante de la Inspección de Trabajo y de la autoridad laboral.
A continuación se dividen las
contribuciones en tres grandes apartados: las causas del despido, la forma del
despido y la reparación adecuada frente al despido ilegítimo. El apartado de
las causas de despido lo abre Jaime Cabeza, catedrático de la
Universidad de Vigo, con un estudio sobre las causas de despido derivadas de la
organización de empresa, destacando las dos lógicas, explícita e implícita, de
la directiva europea y criticando la “relativización de la causa” de despido en
la reforma del 2012 y la debilitación de la fase de consultas, aunque pone en
valor la reforma producida por la Ley de Empleo de 2023 que obliga a la
Inspección de Trabajo a emitir un informe sobre la concurrencia de las causas y
propone la reconducción progresiva de los despidos por causas empresariales
como ultima ratio ante el rearme que en el RDL 32/2021 se ha ido
efectuando de la flexibilidad interna a efectos de evitar despidos. La
siguiente contribución corresponde a Albert Pastor, Professor Agregat de
la Universidad de Barcelona, que estudia las causas de despido inherentes a la
persona del trabajador no disciplinarias, en especial la enfermedad como nuevo
factor de discriminación y la protección frente al despido en la Ley 15/2022,
seguido del supuesto de despido por incapacidad permanente total o absoluta de
la persona trabajadora que planteó la STJUE de 18 de enero de 2024 y la
necesidad de proyectar en su dinámica el deber empresarial de efectuar ajustes
razonables. Jonathan Gallego, director de los servicios jurídicos de la
CONC y profesor asociado de la UAB, examina monográficamente la problemática
del período de prueba y la posibilidad de efectuar una extinción “libre”
durante su duración por parte del empleador, señalando los “puntos críticos” de
esta figura y elaborando una serie de propuestas de reforma sobre la base de la
Carta Social Europea y el Convenio 158 OIT
que fortalezcan la forma de la comunicación de no haber superado el
período de prueba como manera de favorecer la tutela del derecho al trabajo y
el control de esta frente a conductas arbitrarias o vulneradoras de derechos
fundamentales. Finalmente, María Sepúlveda, profesora titular en la
Universidad de Sevilla, examina la causa en el despido por incumplimiento del
contrato por parte de la persona trabajadora, poniendo el acento en la
exigencia de la causa en el despido disciplinario, defendiendo la nulidad del despido
sin causa o arbitrario y planteando asimismo los posibles modelos de causa de
despido, mediante una causa genérica o un listado legal, aunque en todo caso se
debería reformular el catálogo de causas que establece actualmente el art. 54
ET.
El segundo bloque temático se
dedica a la forma del despido. Lo abren Wilfredo Sanguineti, catedrático
de la Universidad de Salamanca y Henar Álvarez Cuesta, catedrática de la
Universidad de León, quienes proponen la necesaria incorporación al texto legal
estatutario de la posibilidad de defensa de la persona trabajadora frente a la
imputación de la causa de despido mediante
la incorporación de un requisito de audiencia previa, como requiere el Convenio
158 OIT, cuya aplicación en nuestro sistema
siempre fue negada por una jurisprudencia alineada con la degradación de
las garantías del derecho al trabajo. Asi también se examinan la audiencia a la
representación sindical en el caso de despido a persona afiliada al sindicato y
se propugna la nulidad de los despidos verbales o de hecho. Un supuesto
particular muy interesante es el que deriva de la prohibición de despedir
contenida en las directivas de conciliación, de transparencia y de represalia
frente al informante, que es el tema abordado por Stefano Bini, profesor
permanente laboral de la Universidad de Córdoba, que debe entenderse como
despidos nulos, igual que lo que sucede con los despidos que carezcan de causa.
Ponen fin a este bloque temático Juana Maria Serrano, catedrática de la
UCLM y Emma Rodriguez, profesora titular de la Universidad de Vigo, que
afrontan el tema de los requisitos formales que deben rodear al despido
colectivo, el fortalecimiento de los derechos de información y consulta, y
plantean la cuestión de la recuperación de la autorización administrativa
previa en los despidos colectivos perdida en la reforma del 2012, que entienden
no adecuada salvo en determinados tipos de empresa cuyo volumen de pérdida de
empleo pueda afectar a la estabilidad económica de un determinado territorio, junto con algunas
prescripciones específicas en materia de deslocalizaciones empresariales a
terceros países.
El último bloque temático está
dedicado a la reparación adecuada frente al despido ilegítimo, y lo abre un
capítulo de Diego Álvarez Alonso, profesor titular, y Alba García
Torres, profesora contratada doctora, ambos de la Universidad de Oviedo,
que trabajan el tema central de la nulidad de despido, es decir, tanto los
despidos discriminatorios o contrarios a derechos fundamentales como los
supuestos de la nulidad objetiva y los despidos sin causa, con una interesante
enunciación final de las cuestiones problemáticas en torno a la nulidad del
despido y la obligada readmisión de las personas despedidas. A continuación Jesús
Rentero Jover, magistrado de trabajo jubilado, describe algunos supuestos
particulares en torno a la improcedencia del despido y sus efectos, desde los
relativos a contratos temporales fraudulentos a supuestos de extinción inducida
por una actuación incumplidora de la empresa, tanto los del art. 50 ET como los
derivados del art. 138 LRJS, asi como el supuesto muy original de las personas
extranjeras en situación irregular. La contribución de Miguel Ángel Garrido
Palacios, abogado de CCOO y profesor asociado en la UCM, se centra sobre el
tema que está siendo más debatido en la actualidad sobre la base de las
decisiones del CEDS respecto de la inadecuación del sistema español en orden a
establecer una reparación adecuada al despido ilegítimo. Desde la crítica
radical a la reforma del 2012, se efectúa una propuesta muy razonada y
razonable de reforma de los criterios de fijación de la cuantía indemnizatoria
además de la recuperación de los salarios de tramitación como complemento
indisoluble de la declaración de improcedencia.
En
resumen, un conjunto de intervenciones que persiguen abrir un debate extenso
tanto en el ámbito de la cultura sindical y iuslaboralista como en las
propuestas políticas que pretendan diseñar un marco institucional en el que el
derecho al trabajo encuentre una efectiva materialización en la reformulación
de las garantías sobre el empleo y los límites a la facultad de despedir. Es
evidente que este debate debería culminar por tanto en un proceso de reforma
legislativa, que ciertamente es complicado en su desarrollo ante la previsible
oposición de las asociaciones representativas de los intereses empresariales,
sumado a la inestabilidad parlamentaria del bloque que apoya al gobierno de
coalición progresista. Pese a estas dificultades, el debate sobre la reforma
del despido es inexcusable y permite, como ha señalado Ramón Górriz en
su comentario sobre este libro colectivo[1],
clarificar la política del gobierno respecto de la mayoría social que aspira a
representar.
LA REFORMA DEL DESPIDO
Antonio
Baylos Grau (Coord.) Ed. Bomarzo y Fundación 1º de Mayo, Albacete, 2024, 306
págs. ISBN 978-84-19574-64-0. PVP: 35 €
[1]
R. GÓRRIZ, “La reforma del despido”, Nueva Tribuna 8-10-2024, https://www.nuevatribuna.es/articulo/actualidad/reforma-despido/20241008191512231288.html
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