La
negación de la realidad, de los hechos notorios y comprobados mediante el
falseamiento de éstos y la enunciación de una situación paralela y adversa
inexistente forma parte de la estrategia política y comunicativa de la derecha
política española, en especial del Partido Popular, que aprovecha
inteligentemente su posición de poder en los medios de comunicación afines – la
principal prensa escrita de Madrid (ABC, El Mundo, OK diario) y las cadenas
televisivas Telecinco, Antena 3, Telemadrid entre otras– para proyectar los argumentos
que apoyan su falseamiento, centrar en ellos los términos del debate público –
reproducidos luego acríticamente por otros medios, en especial por las cadenas
públicas de Televisión española– y conseguir de esta forma su entronización
como verdad que justifica su crítica política. Esto es lo que ha sucedido con
la reforma laboral.
La reforma laboral contenida en
el RDL 32/2021, de 28 de diciembre, conviene recordar que es el resultado de un
acuerdo social entre las asociaciones empresariales, los sindicatos
confederales y el Gobierno, que se situaba en los objetivos del programa Next
Generation de la Unión Europea y conformaba por tanto el Plan de recuperación
y resiliencia del Gobierno de España que permitía el desembolso por parte de la
UE de una importante cantidad de ayudas que no solo paliaba el gasto social imprescindible
ante la situación de crisis de la pandemia, sino que orientaba la recuperación
económica sobre la base de la sostenibilidad social y ambiental como ejes principales
de actuación. La reforma laboral no contó con el apoyo de la derecha política
pese a que la CEOE-CEPYME había dado su acuerdo a la misma, y ha sido impugnada
ante el Tribunal Constitucional tanto por la extrema derecha como por el
Partido Popular.
La reforma laboral aborda muchas
cuestiones, pero posiblemente la que constituye su mayor originalidad es la de la
reordenación que produce de la contratación temporal, reintroduciendo un
principio de estabilidad en el empleo como regla general de las relaciones
laborales, afirmando de manera clara la causalidad de los tipos contractuales
sometidos a término, y eliminando de la tipología tradicional que establecía el
art. 15 ET la figura del contrato para obra o servicio determinado. Este cuadro
general se complementaba con una reforma de los contratos formativos y el
fortalecimiento de la figura del fijo discontinuo – separado ya de las
modalidades del tiempo parcial – como forma de encuadrar el trabajo estacional
de las actividades productivas.
El éxito de este cambio normativo
ha sido espectacular, y así aparece recogido en los datos estadísticos de que
se dispuso en cuanto la reforma desplegó todos sus efectos, pasado el primer
trimestre de 2022. En breve síntesis, la reforma laboral ha logrado en su
primer año de aplicación una fuerte reducción de más de 7 puntos de la tasa
temporalidad, hasta el mínimo histórico del 17,93%, acercándose España a la
media europea. Adicionalmente, el número de trabajadores con contrato
indefinido se ha incrementado en casi 1,6 millones de personas, hasta el máximo
de 14,3 millones de asalariados con contrato fijo. Se crea más empleo
indefinido en España que en los principales países de nuestro entorno (Francia,
Alemania, Italia).
En cuanto a los datos del primer
trimestre de 2023, la contratación temporal cae con fuerza en marzo y la cifra
de contratos temporales firmados (699.421) se reduce un 40% comparado con marzo
del año pasado, 2022. Este fuerte descenso sigue explicado por la supresión del
contrato de obra o servicio (-100% interanual) pero también por la fuerte caída
del eventual por circunstancias de la producción (-13% interanual) y la caída
de los contratos de sustitución (-9%) que suponen en la actualidad la segunda
modalidad de contratación temporal por volumen de contratos firmados. La
reforma laboral ha suprimido los contratos de obra o servicio, pero también ha
generado un fuerte descenso en el uso de las otras modalidades más relevantes
de contratación temporal.
Pues bien, frente a esta evidencia
de la eficacia real de la reforma laboral en la disminución radical de la tasa
de temporalidad y el correlativo incremento de la contratación indefinida, la
respuesta de la derecha ha sido la de negar esta situación aduciendo que lo que
realmente ha sucedido es un mero cambio de nombre, ocultando la temporalidad existente
bajo la forma contractual del fijo discontinuo.
Es un discurso que coincide con
la primera reacción ante el cambio legislativo considerado un mero “maquillaje”
de la realidad, es decir, de los datos de empleo y de la temporalidad, que en
su forma más grosera, a la que ya nos tiene habituados, ha utilizado muy
recientemente la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso,
en un “desayuno de trabajo” ante los empresarios y otros bienestantes
reunidos por Nueva Economía Forum en el que tras denostar a Yolanda
Díaz por entender que vive una existencia de lujo y ostentación ha afirmado
que se ha dedicado "a fabricar una
realidad que no existe cambiando la forma de contar parados y contratos"
añadiendo que "el 53% de los contratos firmados en marzo eran fijos
discontinuos o a tiempo parcial. O sea, empleo temporal. Eso es crear
pobreza". (https://www.eldiario.es/madrid/ayuso-afirma-yolanda-diaz-vicepresidenta-ineficaz-historia-espana-acusa-politica-dinero_1_10106535.html)
.
Lo que tan tosca como falazmente
denuncia Ayuso es el esquema de intervención de todos los dirigentes del
Partido Popular, acompañados de los consabidos apoyos técnicos de los expertos
a su servicio. Así, El Mundo en su edición del 2 de marzo pasado, recogía
que FEDEA y BBVA Research durante la presentación de su quinto
Observatorio trimestral del mercado laboral, alertaban de que hay 652.000
personas en España que están sin trabajar pero no computan en las listas del
paro. En ese grupo se incluyen los 16.000 que están afectados por un Expediente
de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), los que están adscritos a colaboración
social y que cobran prestaciones o subsidios por desempleo y, sobre todo, los
trabajadores fijos discontinuos que están en periodo de inactividad. "El
grueso de ese grupo son los fijos discontinuos en situación de
inactividad", insistía el autor de este sesudo informe, Florentino
Felgueroso, autodenominado experto en el mercado laboral.
Este es por consiguiente la
melopea de la derecha: los fijos discontinuos son los viejos temporales que sin
embargo mediante un truco estadístico, no computan ni como contratos a término
ni como parados. Por eso el secretario de economía del PP, Juan Bravo, volverá
a insistir en el “maquillaje” de los datos de empleo. Se trata de un
argumentario falso y que demuestra mala fe en su utilización. Pero nada de eso
impide su reiteración como eje de la crítica política en la que basa su
estrategia este partido.
Este discurso ha sido
magistralmente rebatido por Manuel Lago, economista y asesor del
Ministerio de Trabajo y Economía Social en un artículo publicado en ElPais.es
del que muy pocos medios se han hecho eco. Parte de los datos de los que se
dispone, que desmienten la cantidad de contratos fijos discontinuos efectuados.
En efecto, “La Encuesta Población Activa (EPA), que se realiza con criterios
homologados por Eurostat, es la estadística básica para el conocimiento del
mercado de trabajo. La EPA cifra en 17.371.500 las personas que trabajaron como
asalariadas en el último trimestre de 2022, de las que 594.200, apenas el
3,4%, tenían un contrato de duración indefinida discontinua. Esta es la
dimensión real de los fijos discontinuos en España: poco más de 3 de cada
100 asalariados; un peso sin la entidad necesaria para explicar la profunda
transformación del empleo que se ha producido en el primer año de aplicación de
la reforma laboral. Por lo demás, en el año 2022 el empleo indefinido tuvo un
crecimiento extraordinario en España: en un solo año aumentó en 1.591.000
personas, pero “el 86% de ese aumento del empleo en 2022 responde a contratos
indefinidos ordinarios y solo el 14% a indefinidos fijos discontinuos”.
El contrato fijo discontinuo
se utiliza fundamentalmente en las actividades económicas estacionales, “dos
de cada tres nuevos fijos discontinuos en 2022 se concentran en hostelería,
educación, comercio, agricultura y ETTs”. Como sigue afirmando Manuel Lago, “esta
figura contractual es la respuesta más adecuada para hacer compatible la
estacionalidad productiva de determinados sectores con la estabilidad laboral.
Es un contrato indefinido a todos los efectos, que da estabilidad y seguridad a
las personas asalariadas, que genera los mismos derechos que un indefinido
ordinario en la antigüedad, las vacaciones, la protección frente al despido o a
la carrera profesional dentro de la empresa”. Lo que implica, ciertamente, que “el
BOE no puede cambiar las temporadas turísticas ni los ciclos de la agricultura,
pero sí puede y debe garantizar los derechos laborales de las personas que
trabajan en estos sectores, empezando por el derecho a un contrato estable”.
La segunda parte del artículo va
dedicada a los que mantienen que el fijo discontinuo es un parado que no cuenta
como tal en las estadísticas de empleo. La cuestión es muy sencilla: “un fijo
discontinuo en periodo de actividad figura como ocupado en la EPA y como
afiliado en la Seguridad Social. Cuando está en periodo de inactividad, la EPA
lo contabiliza como parado si busca empleo o inactivo si no lo hace, porque
está esperando a que su empleador lo vuelva a llamar”. Y, respecto a la
dificultad para su localización entre los contratos indefinidos que la propaganda
de la derecha insiste como prueba irrefutable del tránsito de la temporalidad a
esta figura, Lago explica que “para el análisis de los fijos
discontinuos en los periodos de inactividad es necesario utilizar los
microdatos de la EPA. Datos que nos dicen que en el cuarto trimestre 2022 había
45.200 personas en paro y 70.500 personas inactivas, que habían trabajado antes
cómo fijas discontinuas”. Y añade que este es sin duda un dato muy
significativo, porque “la mayoría de los fijos discontinuos en situación de
inactividad no buscan trabajo, por una razón fundamental: porque ya lo tienen.
Están esperando a que empiece el curso escolar o la temporada turística para
reincorporarse a su empresa, a su puesto de trabajo, en el que tienen sus
derechos laborales consolidados. Esta es la razón por la que la EPA, desde
siempre, solo contabiliza como parados a los fijos discontinuos en periodo de
inactividad cuando cumplen con la condición básica para ello: buscar empleo de
forma activa”.
Una explicación clara y
contundente que, como de costumbre, será ignorada por los dirigentes del PP y
sus sincrónicos creadores de opinión, verdaderamente activos ante la fase
pre-electoral en la que nos movemos. Y que se corresponde con algunas opiniones
académicas que sorprenden por la ignorancia del mecanismo técnico que explica
el funcionamiento de determinados institutos, en especial en el plano jurídico.
Hay también incluso quienes han llegado a afirmar que el principio de
causalidad de los contratos temporales no ha sido alterado en el RDL 32/2021 o
que en general, el cambio de contexto normativo no ha tenido apenas
repercusión: “mucho ruido y pocas nueces” sería la frase predilecta de estos
intérpretes forzados de la ideología a la que sirven. Es imprescindible denunciar
que este argumentario que niega la realidad y la sustituye por un planteamiento
falso que del que obtener una consecuencia negativa, ni favorece el debate
político e ideológico necesario ni responde a una información idónea para la
formación de una opinión pública.
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