viernes, 13 de diciembre de 2019

ELOGIO DE LA REVISTA DE DERECHO SOCIAL



Alguno de los amables lectores (o seguidores) del blog nos ha hecho llegar una pregunta relacionada con la entrada anterior del mismo ( https://baylos.blogspot.com/2019/12/la-atencion-la-incidencia-de-la.html)  en la que se vertía una reflexión sobre los temas que interesan a la producción científica española, tanto aquellos que suscitan un mayor seguimiento por tratarse de alguna manera de una suerte de “moda” académica, pero que comprometen la revisión de aspectos “clásicos” del Derecho del Trabajo, como aquellos otros que pretenden incidir sobre algunos de los muchos problemas centrales de la regulación de las relaciones laborales en nuestro país. Como ilustración de este panorama de la doctrina laboralista se elegía el último número – 87 – de la Revista de Derecho Social y la pregunta que nos formulaba el lector hacía referencia a los motivos por los que habíamos elegido esta Revista y no otra de las que componen la oferta editorial especializada en el estudio del derecho del trabajo en España.

Es una cuestión que admite varios niveles de respuesta. El que posiblemente sea más atendible es que la RDS forma parte del paisaje cultural del iuslaboralismo crítico en este país, y que desde su fundación, ya en 1998, ha mantenido una visión crítica y muy activa en defensa de los derechos individuales y colectivos derivados del trabajo, apostando decididamente por la configuración de un Estado social realmente efectivo y alentando una visión estratégica de cambio social en el que el sindicalismo de clase ocupe un lugar protagonista. Bastaría con repasar la lista de autores que han publicado en esta Revista para comprender el alcance transversal de las personas que han contribuido a hacer de esta publicación periódica trimestral – frente a la mayoría de las otras revistas que son mensuales – un referente ineludible para el estudio del Derecho Social y un ejemplo muy evidente de la calidad de las intervenciones que se recogen en la misma.

En un breve resumen de su trayectoria, la RDS nace en 1998 como opción teórica e interpretativa del Derecho del Trabajo en el seno de un debate intenso en el seno de la cultura iuslaboralista española tras las reformas laborales de 1994 y 1997 con la perspectiva de conectar el trabajo académico, la labor sindical y la acción interpretativa de la judicatura en una óptica de política derecho progresista y emancipatoria. En su origen, se benefició de una serie de aportaciones voluntarias que realizaron más de doscientas personas, entre ellas profesores universitarios, abogados laboralistas, magistrados de lo social y sindicalistas. El contenido de cada número se estructura en 4 grandes apartados dedicados a Estudios, Análisis de Jurisprudencia, Negociación Colectiva y Conflictos, a lo que se añade un espacio destinado al Debate sobre un tema de actualidad que es siempre el que se aborda en el editorial que abre cada fascículo. Además, éste se cierra con una reseña de libros que se consideran de interés.

El marco institucional europeo ocupa, como no podía ser menos, un importante espacio en las reflexiones de la Revista de Derecho Social. No sólo en el seguimiento de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Comité Europeo de Derechos Sociales, sino también en la producción legislativa y el debate académico y político-sindical que se desarrolla en Europa, de manera que se halla plenamente integrada entre los agentes jurídicos que cimentan la cultura democrático europeísta alternativa al dominio ordoliberal de las estructuras políticas de la misma.  La revista cuenta, en efecto,  con un gran reconocimiento en el marco europeo e internacional. Forma parte de la International Association of Labour Law Journals (IALLJ), que agrupa a 29 revistas científicas de Derecho del Trabajo de 18 países (España, Italia, Alemania, Bélgica, Francia, Holanda, Reino Unido, Israel, Eslovenia, Hungría, Belarús, Rusia, Japón, Australia, Sudáfrica,  Perú, Estados Unidos y Canadá) y la editada por la OIT. En su Consejo Asesor, que es paritario en términos de género, forman parte profesoras de universidades italianas, francesas y alemanas. Es frecuente la publicación en la revista de artículos de juristas del trabajo fundamentalmente europeos. El análisis del derecho europeo e internacional comparado forma parte permanente de sus contenidos. Los estudios incorporan un resumen en inglés. La Revista tiene un directorio compuesto por Antonio Baylos, Joaquín Aparicio y Luis Collado, junto con un consejo de Redacción de 10 personas, todas ellas profesoras y profesores de diferentes Universidades españolas, de Valencia, Vigo, Cádiz, Sevilla, Pública de Navarra, Politécnica de Valencia, Granada, La Laguna y Castilla La Mancha.

Tiene ya 87 números publicados siempre en tiempo en sus más de 20 años ininterrumpidos. Los originales enviados a la Revista son sometidos a una evaluación doble y ciega. Tiene un número de suscriptores muy superior al resto de las revistas españolas especializadas en Derecho del Trabajo, aunque la irrupción de la crisis y la endémica reticencia de la profesión de abogado a leer otra cosa que no sean los repertorios de jurisprudencia, haya reducido ese fondo de abonados. Cabe afirmar que la RDS ha logrado un amplio reconocimiento doctrinal e influye de manera relevante en la construcción de la doctrina académica del derecho del trabajo en nuestro país, se sitúa en la mejor tradición del iuslaboralismo europeo, e influye en la jurisprudencia social a través de la crítica de sus decisiones. Ha promovido debates muy importantes en sus páginas sobre aspectos regulativos cruciales como los relativos a la reforma de la Ley concursal, la reformulación del sistema de Seguridad Social y las políticas de empleo, así como en lo relativo a aspectos decisivos de las reformas de la crisis del 2010 y del 2012, con aportaciones que han orientado directamente la interpretación de las normas por los tribunales. Es además un referente de los trabajos de investigación del área de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social por su alto índice de impacto. 

Este es uno de los aspectos que más preocupan al mundo académico, puesto que de esta repercusión depende en buena medida que el juicio de valor de las agencias de calificación sobre los trabajos publicados sea positivo. Es decir, si el medio en el que se publica tiene una solvencia académica y es reconocida como tal a través de una serie de criterios o indicios de calidad, se presume casi de manera automática que el texto en él publicado es asimismo excelente. Por ello, estar clasificada, evaluada e indexada por sellos de calidad y listas de posiciones resulta un elemento hoy decisivo para valorar la repercusión, a efectos puramente académicos, de estos instrumentos de comunicación en el área de conocimiento de que se trate. Es cierto, sin embargo, que en la mayoría de las áreas de las ciencias jurídicas la exigencia del impacto académico no se mide con los mismos parámetros que en las ciencias experimentales, principalmente porque el vehículo de expresión por excelencia es la lengua española y por tanto en este campo no se investiga mayoritariamente en inglés, que por el contrario es la lengua universal del conocimiento científico, el metro de la repercusión de estas investigaciones en la comunidad académica y la garantía de un impacto global del empeño investigador emprendido y su excelencia. Este hecho aleja a las revistas jurídicas españolas del mundo hegemónico del valor científico del Journal Citation Reports.

Con todo, la RDS es una revista de alto impacto en el área de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Lo ha sido desde su inicio en 1998. Según el índice IN-RECJ de impacto acumulado entre 2000 y 2009, ha estado siempre en el primer cuartil, en la segunda posición después de Relaciones Laborales, de las 24 revistas analizadas, con 2,207 citas por artículo y un score final de un 95,6 % ítems citados. En el índice H Google Scholar en el período 2009-2013 es la primera revista especializada en derecho del trabajo citada, y ocupa el nº 11 de todas las Revistas de Derecho.. En el sistema de valoración integrado de revistas científicas RESH, la RDS tiene el índice más alto de impacto – 0,912 – de las otras 16 revistas valoradas, con un 15,92 en la opinión de los expertos, por debajo de Relaciones Laborales. Para CARHUS-PLUS, una lista de revistas de Ciencias Sociales y Humanidades que realiza la Agencia Catalana de Evaluación, la RDS obtiene la calificación “B” sobre otras revistas laboralistas que se sitúan en el nivel “C” inferior.

La revista ha sobrevivido a la crisis de las revistas laboralistas del 2012-2014 que llevó a la concentración en la Nueva Revista Española de Derecho del Trabajo de todas las revistas laboralistas publicadas por Thomson Reuters – Justicia Laboral, Civitas, Revista Española de Derecho del trabajo, e Información Laboral -, a la desaparición de Relaciones Laborales editada por La Ley / Wolters Kluwer y su sustitución por Trabajo y Derecho en la misma editorial, un proceso de desaparición y de sustitución que se narró en este blog  en su momento en esta entrada https://baylos.blogspot.com/2014/12/obituario-de-una-revista-relaciones.html-  y la creación de Derecho de las Relaciones Laborales en Francis Lefebvre, o la Revista de Derecho de Seguridad Social en Laborum, todas ellas, salvo esta última revistas mensuales o bimensuales. Sólo permanece como revista también trimestral Temas Laborales, publicada por el CARL de la Junta de Andalucía. En este cambio, según Google Metrics, la RDS actualmente tiene H5 5 y H5 media 6, que es un índice de impacto superior a las principales revistas del derecho laboral mencionadas, como NREDT (Thomson Reuters), Trabajo y Derecho (Kluwer) o Derecho de Relaciones Laborales (Francis Lefebvre). 

Por otra parte  la editorial Bomarzo, que edita la Revista, es un referente ineludible en el área del Derecho del Trabajo y de la Seguridad social, con más de 400 obras publicadas, y ocupa una posición digna en el ranking SPI 2018 sobre las editoriales mejor valoradas en Derecho – el puesto 19 sobre 80 editoriales valoradas – inferior por su especialización respecto de las grandes editoriales que promueven las principales revistas de Derecho del trabajo y que sin embargo tienen un impacto inferior a la RDS. Ésta está alojada en la página de la Editorial con autonomía propia, y permite no sólo la suscripción a los fascículos de la Revista, sino también la compra de artículos específicos en éstos contenidos: https://editorialbomarzo.es/revista-derecho-social/que-es-la-rds/.

Todos estos datos si no justifican, al menos si explican la preferencia de este blog por la Revista de Derecho Social. Y seguramente que tanto el seguidor que nos preguntaba como la amable audiencia comprenderán que aprovechando esta solicitación de información, se haya realizado en esta entrada el elogio de esta Revista.

Naturalmente, la mejor forma de ayudar a este esfuerzo colectivo de los juristas críticos del trabajo es suscribirse. Son 100 € por los cuatro números anuales, y el precio no ha sido alterado desde su inicio.
Aquí esta el enlace para abonarse, lo que es plenamente aconsejable para todos y todas que quieran desarrollar su experiencia profesional o académica en el ámbito de las relaciones laborales.





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